¿Si he residido unos años en mi vivienda habitual, más de 3 seguidos, y luego me he empadronado en otro sitio.... si quiero ahora volver a vivir en mi piso puedo volver a desgravarme?
¿Vuelve a ser mi vivienda habitual de inmediato o debo volver a residir en ella 3 años más para que vuelva a tener esa consideración?