gracias por la aclaracion...pero seria de locos que instara esa disolucion. y me adjudicara yo la vivienda....pagaria una hipoteca de una vivienda donde no puedo vivir.....un hipoteca de donde vivo...una pension de alimentos.....una compensatoria.....¿pero quien soy yo? ¿el banco de España?
esperare....a que mi hijo sea independiente (ahora tiene 3 añitos) e instare una disolucion cosa comun..con lo que obtenga del piso...de vender en el que vivo....me dare la gran vida..hasta que llegue..jeje..luego..ya veremos...pero me esperan unos años muy duros ...(ahh..tambien hay que contar...abogados y procurador..una modificacion de medidas al año...y ya pagare costas..eso lo tengo claro...pero sera mi manera de demostrar..que me han privado de mi hijo)
No especificaste provincia alguna m.pérez. Pero a lo otro, te contesté, no tiene preferencia.
Raúl, la división no siempre implica división en subasta pública, también puedes adjudicarte el bien tú.
Muchas gracias. La cuestión es que es un régimen de separación de bienes (no gananciales) y en catalunya ese régimen se puede liquidar junto con la demanda de divorcio según el Codi de Familia por lo que entiendo que al menos las costas están salvadas por cuanto el divorcio si lo concederan. Mi duda principal era si suponiendo que el juez no le otorgue el piso a él con indemnización a la otra parte y se tenga que acudir a una subasta él tiene alguna preferencia para quedarse el piso frente a cualquier otro licitador, es decir, si se le ofrece primero a él, creo que es algo del derecho de retracto pero no se si opera en estas circunstancias.
Los hijos son menores pero el que tiene la custodia y el uso es el que instará la división de cosa común ya sea en procedimiento ordinario o junto con la demanda de divorcio y de todas formas la cosa se puede dividir subsistiendo el derecho de uso. Muchas gracias de nuevo.
te entiendo perfectamente...yo estoy igual...en separacion de bienes....pero hay un menor ..por lo que si insto una disolucion de cosa comunn...pocos candidatos habra para la compra..y a precios irrisorios..ya que no podran optar a la vivienda hasta la plena independencia de mi hijo...es asi..verdad??..y una vez peritada judicialmente la vivienda...y antes de que salga a subasta..no existe el derecho de tanteo?
1. Dado que el régimen matrimonial existente es el de separación de bienes, lo que tienes entre manos patrimonialmente hablando, es una comunidad de bienes (arts. 400 y siguientes del C.C.) y no una comunidad ganancial con un único bien. No confundas conceptos jurídicos. En el primer caso, tienes que dividir el bien (y quizás acumular la reclamación de las deudas procedentes de la hipoteca, según cómo esté redactada, fecha de la hipoteca, fecha de la separación de bienes, etc.) en un procedimiento declarativo, casi seguro, un ordinario pues la cuantía será el valor del bien.
2. Suponiendo que existiera una sociedad de gananciales (nada dices sobre la hipoteca ni sobre los términos de la separación de bienes), no puedes liquidar con la demanda de divorcio si no es de mutuo acuerdo.
3. No puedes liquidar el piso por tanto en ejecución de sentencia por lo ya expuesto.
4. En el declarativo, si las deudas de la hipoteca forman parte de la comunidad de bienes, se pueden compensar al dividir (acumulando acciones), y solicitar del juez que se le adjudique la vivienda a tu cliente dado que la otra parte es insolvente, indemnizando a ésta por la parte restante que le corresponda sobre el valor de la vivienda (ojo con las cuantías y las costas).
5. Entiendo que el cónyuge titular no tiene preferencia en una subasta, pero todo dependerá de cómo articules la demanda, pues tu objetivo debe ser que se le adjudique la vivienda a él y determinar subsidiariamente la cuantía o porcentaje que le correspondería en caso de venta en subasta pública (sin perjuicio de que puede licitar en la misma).
Raúl, el procedimiento a seguir no depende de los hijos, sino de la naturaleza del bien y del régimen que deba aplicarse. En este caso el bien está en proindiviso (no en gananciales), así que se puede instar la división.
Problema que se te planteará, la valoración del bien, y por tanto, la cuantía del pleito y las posibles costas (aunque normalmente, si te la estiman parcialmente, no las tendrás, y cabe la posibilidad de que la estimen al menos, en cuanto a tu derecho a no permanecer en indivisión por aplicación del código civil 400 y ss.)
Siempre claro, salvo mejor criterio jurídico.
Suerte.
edad de los hijos??..independientes??.creo que es fundamental, para poder iniciar un mutuo acuerdo al respecto de la vivienda o un proceso de disolucion de cosa comun de la misma.
Hola compeñeros, tengo un cliente que se separó hace un año quedándose con la custodia de los hijos y la atribución del domicilio familiar. El domicilio en cuestion es propiedad proindiviso de ambos cónyuges (separación bienes) y está grabado con una hipoteca a nombre de los dos, no obstante la mujer no paga ni un duro ni de hipoteca ni de pensión de alimentos (es totalmente insolvente).
Bueno ahora se quiere divorciar y he pensado que en la misma demanda podría pedir la liquidación del rég. económico y la liquidación del piso (único bien en común) en ejecución de sentencia. Mi duda es, si no llegan a un acuerdo sobre la venta del piso (la intención es que se lo quede él indemnizándole a ella) y el piso tuviera que llegar a venta en pública subasta ¿tiene el conyuge cotitular alguna preferencia en la adquisición del piso frente a licitadores extraños????. Muchas gracias.