No entiendo mucho de términos jurídicos, pero parece que estoy viviendo en precario.
Ahora vivo en una vivienda que era de mi abuela. Aún no se ha hecho nada de la herencia, pero la vivienda es mía, de mi tía y de mis primos.
Me vine a vivir aquí por un traslado, pensando que era poco tiempo y al final han sido tres años. Desde hace un par de años me ofrecí a pagar un alquiler, pero mis familiares me dijeron que bastaba con que me hiciera cargo de los gastos.
Ahora una de las partes tiene problemas económicos y quiere que pague un alquiler, a lo que no me opongo. El problema es que pese a ser propietario de una tercera parte me exige un alquiler cercano al que se paga por un piso completo, sin tener en cuenta que él sólo tiene una tercera parte.
¿Hay alguna manera de que me quede en la vivienda pagando un alquiler de acuerdo al precio de mercado?
La otra familiar no me exige que pague nada por el piso.
Ud. no puede "imponer" un contrato a nadie.
Lo que sí puede hacer es concertar un contrato de arrendamiento contando con la mayoría de los votos de los comuneros.
¿cuales son los porcentajes de propiedad de cada uno?
Imagino que si yo no puedo imponer un contrato la otra parte tampoco.
Por lo que hablamos, al vivir yo un periodo de tiempo en el piso sin pagar alquiler, si yo no estoy de acuerdo con el importe del alquiler, lo que quiere hacer la otra parte (mis primos que tienen el 33%) es disfrutar de la vivienda otros tres años sin pagar nada.
En su idea ignoran a mi tía, que es la propietaria del otro 33% y que imagino que tendrá algo que decir ante esta idea.
Es un caso dudoso, ahora verá por qué.
Ud. y su tía tienen un 66%, por lo que son mayoría para los actos de administración, como por ejemplo celebrar un contrato de arrendamiento. Pero en este caso Ud. tiene un 33% por lo que estaría "autocontratando" consigo mismo en ese 33%.
Aparte de esa duda que tengo creo que como Ud. y su tia tienen mayoría pueden zanjar la cuestión "imponiendo" con su 66% un contrato de arrendamiento a la otra parte en el que sus primos cobren el 33% de esos 200.
Aparte de esto me gustaría que algún otro miembro del foro nos dijera su opinión acerca de esa "autocontratación" por el 33% que tiene Jesus81.
Gracias de nuevo por su respuesta. Sabiendo esto intentaré llegar a un acuerdo, ya que lo único que quiero es pagar un alquiler al precio de mercado, no al triple como me piden mis familiares.
Hablando con ellos parece que la cosa es imposible, ya que se da la paradoja de que si ponemos en alquiler el piso a precio de mercado, ellos obtendrían menos dinero del que les ofrezco.
Hola Jesús,
Puede exponerles que está dispuesto a pagar a precio de mercado, es decir los 200 €, pagando a cada uno la parte proporcional que corresponde, es decir a sus primos, 66,6 €.
Un salujdo,
Llega la hora de redactar el contrato y me han recomendado que le dé publicidad, es decir ,que lo lleve a un notario y al registro de la propiedad.
Para evitar problemas posteriores quiero un contrato bien redactado, que además tiene la particularidad de que a la vez vamos a ser arrendadores y arrendatarios.
¿Sabéis dónde me pueden redactar el contrato? No sé si tengo que ir a la notaría, a un abogado o a una gestoría.
En su caso darle publicidad no vale para nada, no sé en qué estaría pensando quien se lo haya dicho.
Lo suyo es que lo redacte un abogado y si sabe de arrendamientos mucho mejor.
La razón que me da es que con el contrato de alquiler se impide el acceso a la vivienda de la parte que no está de acuerdo con el alquiler.
Al no haber contrato y ser todos condueños no puedo negar el uso de la viviendo a ninguno de ellos, por lo que se podrían presentar aquí cuando les diese la gana.
Esa es la razón que me dan para dar publicidad al contrato.
Entiendo lo que le han dicho, pero no tiene el menor fundamento.
Cuando se firma un contrato de alquiler "normal" no se eleva a público ni se va al notario pero sin embargo nadie puede entrar en la casa alquilada.
Pues eso mismo le pasa a Ud.
Sus primos van a cobrar su porcentaje del alquiler, y por lo tanto son plenamente conscientes de que Ud. vive allí alquilado, con lo cual saben que no pueden entrar en esa vivienda. No hace falta nada más. Es más: si se les ocurriera entrar estarían cometiendo un delito de allanamiento de morada.
Le recomiendo que nada más entrar en la vivienda cambie el bombín de la cerradura.
Me centro entonces en hacer el contrato e ir comunicándolo a la parte que me quería cobrar un precio desorbitado. Imagino que al final les tendré que mandar un burofax, porque se van a negar a darme un número de cuenta para pagar (cuando hablamos ya se negaron porque no querían pagar a Hacienda)
Por el tema de la llave no hay problema. Llevo viviendo tres años (teníamos un acuerdo verbal hasta hace un mes, acuerdo que ahora se les ha olvidado) y no han tenido llave nunca, pues nunca se han ocupado del piso.
Ya me están redactando el contrato de alquiler en una gestoría.
Las cosas se han puesto bastante desagradables. Ayer vino uno de mis primos amenazando con llamar a la GC, lástima que no lo hizo, para desalojarme en dos días. Conseguí controlarme y se fue.
La semana que viene va a venir otra de mis primas, la que se quiere colar aquí (ya le he dicho que si no nos ponemos de acuerdo vendemos y se acabó, pero no quiere) a pedirme unas llaves.
Ahora no tienen llaves e imagino que con el contrato de alquiler no tengo que dárselas ¿Estoy en lo cierto?
Cuando venga llamaré a la GC para que se vaya de aquí.
Efectivamente Ud. no tiene por qué darle las llaves ni a su prima ni a nadie desde el momento en que esa es su vivienda.
Sus primos no tienen nada que hacer.