Verán el problema es el siguiente. cuando me separé de mi marido la vivienda habitual de la familia me fue asignada junto a la custodia de los hijos. Hoy, pasado el tiempo, me propone venderme su parte de la vivienda. En principio podría resultar interesante, si no fuera porquer se trata de una vivienda de protección oficial y pretende que el valor de referencia para la venta de la vivienda no sea el que le corresponde como vivienda de protección oficial sino el de precio de mercado.Obviamente no es una solución que me interese, entre otras razones porque tendría que pedir un présstamo y pagar una hipoteca que no me permitiría hacer frente a todos los gastos de los niños. Por cierto la vivienda no está hipotecada. Yo le he dicho que yo no pienso renunciar a la calificación de la vivienda como de protección oficial, pero no sé que puedo ni debo hacer. Puede alguien ayudarme?.
Sólo ten en cuenta una cosa: si tú quieres venderla tienes que hacerlo al precio tasado, porque en la notaría te van a pedir el certificado de precio máximo legal. Todo lo que suba de ahí, no puede reflejarse en el precio escriturado. Es decir, aunque la vivienda no esté hipotecada, tiene una carga que no es ni más ni menos que el precio está limitado tanto para la compra-venta como para la hipoteca (la tasación para ésta no puede ser la de valor de mercado, sino la oficial) ¿te parece ahora buena idea vender la mitad por valor de mercado, sabiendo que tú no podrán hacerlo? Que te la compre a tí por valor de mercado a ver si le interesa
Por un lado esta la situacion de hecho en el que el uso de la vivienda esta adscrito a la independencia economica de los hijos.
Por la otra el bien adscrito es un piso con la calificacion de proteccion oficial (ojo ese nombre denomina a muchas regulaciones al respecto).
La copropiedad tiene sus reglas. Lo que un copropietaria haga en veneficio directo ( plusvalor del bien), se tendra hecho para todos los copropietarios.
Si su ex levanta la calificacion de proteccion oficial no se me ocurre que arguemtno valido podra Ud detentar para impedirlo que no sea el obligar a una mnusvaloracion tasable del bien y ello en si mismo no creo logre la amparen.
Un caso mas en el que el peor acuerdo es preferible a un litigio
Lucidez y suerte