A pesar de ser un tema muy tratado, por lo que vivo y veo, siguen surgiendo dudas. A ver si conseguimos aclararlo.
Supuesto de hecho.
Vivienda adquirida antes del matrimonio por uno de los futuros cónyuges. Valor vivienda 100.000 € Préstamos hipotecario sobre dicha vivienda. El futuro cónyuge, paga 30.000 € antes del matrimonio. Vigente el matrimonio en se paga el préstamos hipotecario con dinero ganancial (70.000 €).
Uno de los cónyuges fallece o bien se separan (es indiferente). ¿Cómo se resuelve la liquidación de gananciales?. Supongamos que al fallecimiento del cónyuge el valor actual de la vivienda es de 200.000 €. ¿Alguien me podría hacer los cálculos?. MUCHAS GRACIAS ¡¡¡!!!
Sería correcto de esta manera:
Liquidación sociedad gananciales:
Activo: 200.000 € (valor actual vivienda)
Pasivo: 70.000 € (crédito contra la sociedad de gananciales).
Caudal neto: 130.000 €.
Liquidación: 65.000 € a cada cónyuge.