Buenas tardes , llevo viviendo 15 años con mi marido y mis dos hijos en la casa de la tía de mi madre . De la cual soy heredera de una parte. Si la tía de mi madre se muere, me pueden echar de la casa? Tengo algún derecho por haber estado viviendo 15 años y ser heredera de una parte?
Imagino que vive usted en esa casa por la simple voluntad de la tia de su madre sin pagar nada.
En ese caso si pueden echarla y además sin tener ningun derecho por haber estado viviendo ni tampoco por ser heredera.
Los primeros 5 años si tuvimos un contrato … pero ya se decidió no renovarlo y vivir de forma gratuita . Nosotros pagamos luz, agua… si hiciéramos un contrato de nuevo adquiríamos algunos derechos. Si mi tía fallece no tenemos donde ir . Gracias de antemano
Coincido en todo con la intachable respuesta de Leonjbr.
Arts. 1741 y ss. CC:
". Las obligaciones y derechos que nacen del comodato pasan a los herederos de
ambos contratantes a no ser que se haya hecho en contemplación a la persona del
comodatario, en cuyo caso los herederos de éste no tienen derecho a continuar en
el uso de la cosa prestada. No podrán infringirse los límites de llamamientos que
para las prohibiciones de disponer y sustituciones se establecen en este Código."
". Si no se pactó la duración del comodato y ésta no resultara del uso a que había
de destinarse la cosa ni viniera determinada por la costumbre de la tierra, podrá el
propietario o quien tenga derecho a la posesión, reclamarla a su voluntad
requiriendo al comodatario para ello con tiempo razonable. En caso de duda, incumbe la prueba al comodatario."
Si a pesar de ello no se entregara, o se careciera de título alguno para el uso de la cosa, se entenderá que se tiene en precario.