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Vivienda adjudicada por sentencia judicial

2 Comentarios
 
Vivienda adjudicada por sentencia judicial
24/07/2015 12:32
Estoy viviendo hace varios años con mi hija en la vivienda ( de mi exmarido) que el juez me atribuyó por sentencia judicial tras mi divorcio ya que mi hija era entonces menor de edad. En la actualidad mi hija aún no es economicamente independiente. Mi madre que tiene 90 años tiene una vivienda que pasarà a mí a traves de testamento o donación. Si lo hace a través de testamento, a mi hermano le otorgará la minima con lo cual la vivienda serà propiedad de ambos. Si lo hace como donación la vivienda pasarà a ser enteramente de mi propiedad. Cuando mi madre fallezca mi exmarido indagarà a ver si ha pasado la vivienda a mi nombre. Mi duda es la siguiente: si la vivienda pasa a ser de mi entera propiedad ¿ mi exmarido puede valerse de ello para sacarme de la vivienda actual cuyo uso me otorgó el juez ? y si la vivienda que mi madre me deja al fallecer pasa a ser de propiedad compartida con mi hermano ¿también podria echarnos de la vivienda en que estamos? Gracias.
24/07/2015 12:58
Maria la vivienda se la adjudicado a tu hija no a tí, para su uso, y dado que tu tienes las guardia y custodia, entonces te autoriza a estar allí con ella.
Si tu sigues con la guarda y custodia no tiene porque hacer que te vayas de la casa, pero si tu tienes ingresos por ejemplo por alquilar la otra casa, él podría pedirte que le pagues un alquiler por la parte que tu usas de la misma y de paso intentar que te fueras de la casa, pero dado que, como te comento, el uso es para la hija, debería poder alegar que no perjudicaría para nada el cambio de domicilio a tu hija (peor domicilio, más alejado de su colegio, peor barrio, etc).

González y Gusi, Abogados, Conctáctenos en agonzalez@icab.es. Expertos en Derecho civil-familia, laboral y penal.
24/07/2015 23:23
Si su hija es mayor de edad, ya no le ampara el derecho de vivir alli, tenga o no tenga independencia economica( eso es para la pension de alimentos) y su exmarido puede pedir en cualquier momento liquidar ganaciales y solicitar la extincion del uso. Porque como le ha dicho andreuabogadobcn, el uso de la vivienda se le concede al menor por ser menor no a usted, y como el menor ya no lo es pues deja de tener la proteccion que le daba el art 96 del codigo civil.

Un saludo.