Buenas tardes.
Después de las veces que se ha estado escribiendo sobre la pensión quién tenía derecho y quién no, he oído una un trámite al respecto que no entiendo.
Pareja casada y en su día hicieron un papel ante notario, NO ante el juez que estaban viviendo separados etc... Este papel sirvió en su día por unos conflictos familiares de herencias. A partir de entonces están empadronados en distintos domicilios. La pregunta es: Si a uno de los fallece al estar empadronados en distintos lugares, lo que da a entender que no conviven, les correspondería la pensión de viudedad del otro?? Es más, también el comentario que de ahó surgió la duda cuando en Castellón a una señora casada pero empadronada en distinto domicilio le negaron la viudedad. Ahora mismo está en trámites para que se verifique el asunto.
UN saludo.
Pues mi primo vive akí y su mujer está empadronada en Barcelona, hasta ke termine de estudiar la carrera y yo no sabía nada de eso, pero lo dudo porke no tiene nada ké ver.
Gracias por vuestras respuestas.
Yo también veo muy RARO, que esto suceda.
Ahora solo me queda la duda si existe el papel ante notario de separación, es decir sin pasar por un juzgado ¿ tendría eso algo que ver? Tampoco lo veo claro puesto que no se está separad@ legalmente.
¿ lo véis así?
De nuevo gracias