Buenos días, estoy buscando en el Estatuto, ya que en la ley de empleadas de hogar no he sabido encontrar cuantas horas son retribuídas para asistir al médico de cabecera o especialista al año. No encuentro ninguna indicación ¿he de entender que no son retribuídas desde la primera hora? solo hace mención en caso de baja por incapacidad, permiso por matrimonio , traslado o enfermedad grave de familiares.
Gracias anticipadas.