necesito una aclaracion ante el infierno que estoy viviendo.
En fecha de 24-08-2006 fui denunciado por mi ex pareja por un deliito de amenazas estando de vacaciones en Leon y siendo nuestro domicilio habitual en barcelona.
Ese mismo dia mi ex fue lllamada a declarar en leon ante la juez, ratificandose en la denuncia de insultos graves y amenazas.
la juez que la oyo en declaracion en base a la verosimilutud de la denuncia y a al firmeza y falta de contradiccion dicta auto con fecha 28-08-2006 la adopcion de medidas cautelares contra mi (orden de alejamiento etc). A mi se me notoifica dicho auto por los Mossos el dia 31-08-2006 en Barcelona, se me aplican las medidas cautelares y me veo obligado a abandonar mi domicilio y a buscarme un lugar donde vivir con urgencia.
Yo no tengo ocasion de explicar mi version de los hechos hasta el dia 17 de mayo del 2007 cuando soy citado a declarar ante el JVM nº 1 de barcelona. En ese instante se me efectua la lectura de los derechos que me asisten y me presento con abogado por que al recibir la orden de alejamiento ya me busco un profesional que me asesore, pero desde la notificacion en agosto del 2006 en la que se me aplican las medidas cautelares sin haber sido oido en declaracion hasta mi primera declaracion en mayo del 2007 no tengo oportunidad de :
1- Saber de que se me acusa
2- Los derechos que me asisten
3. La oportunidad de que se aplique el principio de contradiccion, igualdad y audiencia antes de ser tomas medicas cautelares contra mi persona.
El dia que recibi la notificacion de las medidas cuatelares, el las mismas se establecia un plazo de tres dias para presentar el recurso de reforma, recuerso que no presente por que ni sabia que estaba denunciado, ni de que y por su puessto no tenia abogado que me representara.
Yo creo que esa situacion ha creado una indefension clara y asi lo manifesto mi abogado en el jucio hacienco caso omiso la Jueza, el caso es que a pesar de exixtrir cxontradiciones claras entra la declaracion en el primer juzgado y las efectuadas en el juicio oral por parte de mi ex (ella manifiesta que su hija menor (17 años) estaba presente fisicamente cuando proferi las amenazas), la Jueza en la sentencia reconoce que no existe agravante de "en presencia de menores" por que la misma deambulaba por la casa , haciendo sus cosas, comiendo y preparandose para salir con sus amigas), creo que una menor de 17 años tiene capacidad para discernir una situacion grave en su entorno, pero bueno ese es el razonamiento que hace la jueza.
Ahora esta apelado en la audiencia ( se me condeno a seis meses de prision), creeis que puede prosperar la apelacion, no se como seguir ni que hacer y mi abogado ha demostrado no se muy diligente, no presento ni un solo testigo a mi favor ocurriendo los hechos en mi pueblo donde cantida de gene vio que ese dia tuvimos un comportamiento de lo mas normal.
Por favor simplemente asesorarme en lo que podais.
Hola aam21086, tu caso es uno más de los muchos que se pueden ver en el foro, que no deja de ser un triste reflejo de la realidad.
De alguna forma parece ser que no sólo se ha podido vulnerar tu derecho a una defena efectiva al no ser imputado en cuanto se tuvo conocimiento de que esa denuncia prosperaba, dejando pasar tanto tiempo, tiempo perdido en el que no has podido recuperar información que pudo haber sido fundamental para obtener un resultado más favorable para ti, sino que además, por lo que veo, la única testigo que presentó tu ex fue a su propia hija, que por otro lado veo que si no se pudo tener en cuenta el agravante de cometer el supuesto delito en presencia de menores debe de ser porque la jueza entiende que no estaba presente y consecuentemente no fue testigo de nada.
Por otro lado, no parece creible que una situación de tal violencia que conlleve seis meses de prisión para una persona, pase inadvertida para la hija de la supuesta víctima que se encuentra en la misma casa arreglándose para salir de fiesta con las amigas.
El resultado de la apelación es un misterio. Habría que saber en qué términos se dictó sentencia y en cuáles se ha apelado, pero lo que sí que te digo es que en cuanto salga ésta, ya puedes estar buscando entre la jurisprudencia de las distintas AAPP para ver si puedes encontrar casos similares al tuyo con el que poder presentarlo ante el TS para su casación. Creo que ése debería ser el trámite, pero yo no soy abogado y seguro que otros, con mejores fundamentos que los míos te asesorarán y me corregirán de ser necesario.