Hola buenas!!! Queria comentar una cosa, tengo un contrato de obra y servicio determinado en un aereopuerto de españa en el cual especifica filtros de seguridad de pasajeros y mixtos, en el cual pone el aeropuerto tal y que tiene "autonomia y sustantividad propia" dentro de la actividad normal de la empresa. Llevo trabajados 1 año y queria saber si mi contrato esta en fraude de ley y me tendrian que hacer fijo, ya que es la actividad normal de la empresa que me a contratado y la obra como tal que son los filtros de un aereopuerto siempre van a estar hay????? Aunque la empresa de vigilancia tenga un contrato con aena de 2 años, estaria mi contrato en fraude de ley???? Muchas graciass
Tachar un cto temporal como es el de obra y servicio determinado de fraudulento porque la actividad sea permanente me parece hilar muy fino,por otra parte el cto de obra en un servicio determinado es incluso mejor que el indefinido ya que en caso de subrogación para quedarse en el puesto tiene tanto dcho el uno como el otro pero si el cliente reduce jornada y sobrara alguno seria antes el indefinido que el de obra porque el indefinido puede quedar con la empresa saliente.
Además teas un periodo de 24 meses alternos en un periodo de 30 meses ese cto se considera o mas bien es a todos los efectos indefinido, es por ello que usted puede guardar en la recamara todos los planteamientos que le puedan favorecer pero no los utilice hasta que no sea totalmente necesario.
SMO