Hola , ha llegado a mis manos la documentación de dos trabajadores extranjeros para ser contratados, me gustaría que me dijeseis si es posible dicha contratación o no. Os expongo los datos de los dos Permisos:
1) Un Chileno, con Permiso de Residencia, vencimiento 21/02/06, y es de Tipo B (Inicial) Cuenta Ajena . Varias Nacional
2) Un Venezolano, con Permiso de Extranjeros - Regimen Comunitario, por Reagrupación Familar y vencimiento 23/01/2010. Y pone Observaciones: Residente.
Por favor echadme una mano y decidme si su contratación es viable, hasta estos momentos estaban en mi Empresa a través de una Ett y ahora pasaran a ser contratados directamente.
con respecto al chileno no tendras problemas para contratar, con la limitacion del ambito geogafico y sector de la actividad.
Con el venezolano, la verdad es la primera vez que veo una concesion por diez años, estoy acostumbrado a las de 5 años como maximo pero bueno si en su tarjeta comunitaria no pone en observaciones aquello de "esta tarjeta prohibe al interesado trabajar en españa " o similar tampoco tendras problemas para contartar porque lo hara en las mismas condiciones que los españoles.
Mientras en ambas situaciones persistan las circunstancias que sirvieron de base para su concesion no hay problema osea mientras esteb trabajando. saludos.