vivo en un pueblecito pequeño, el ayuntamiento a colocado en una vía publica, un paso de esos llamados Canadienses. El camino tiene 1400 metros, lleva al rio,esta asfaltado desde hace años y en ningún momento pasa ni atraviesa fincas privadas. Esta vía publica es muy transitada por vehículos y personas.
La colocación de este paso supone:1º tener que abrir y cerrar una puerta los pasajeros o exponerse a cruzar las barras y poder meter una pierna
2º una persona con silla de ruedas no puede ni cruzarlo ni abrir dicha puerta.
3º un peligro para un niño, una persona que no perciba el riesgo de cruzarlo y poder meter una pierna.
Me gustaría saber si este tipo de impedimentos en una vía de dominio publico es legal el instalarla, teniendo en cuenta los incordios, riesgos mas limitaciones a mayores, niños y minusválidos.
Entendemos su preocupación, pero con los datos aportados no resulta fácil darle una respuesta concreta.
Al ser un camino público el Ayuntamiento puede regular su uso y gestión. Para saber si se puede instalar dicho paso y en qué condiciones, deberá acudir a la normativa específica.
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