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Via judicial para la adjudicación de una herencia

8 Comentarios
 
Via judicial para la adjudicación de una herencia
28/06/2022 17:53
¿Cuando se puede acudir a la vía judicial para adjudicarse una herencia?
Entiendo que previamente es recomendable si no obligatorio llegar a algún acuerdo de adjudicación. No sé si es obligatorio acudir a un contador-partidor por la via notarial antes de acudir a la via judicial.
01/07/2022 17:24
Según lo dispuesto en el artículo 782 LEC cualquier cualquier coheredero podrá instar la división judicial de la herencia, siempre que esta no deba efectuarla un contador-partidor desigando por el testador.
En consecuencia, si no hay designado contador-partidor en el testamento se puede acudir a la vía judicial cuando no se llega a un acuerdo entre los herederos. Iniciado el procedimiento judicial se hace un inventario y se designa contador-partidor que es el que practicará las operaciones divisorias.
Saludos,
01/07/2022 17:50
abalo abogados
Pero hay algún plazo o condiciones para acudir a la vía judicial?
Lo comento porque si la vía judicial se paga en porcentaje a lo heredado quién más hereda tiene mucho más que perder y quién menos hereda puede pedir peticiones abusivas bajo la amenaza de acudir a la vía judicial.
01/07/2022 18:26
No prescribe entre coherederos la acción de división de herencia.
01/07/2022 18:41
Grisolía
No me refería a si prescribe, si no a si hay un plazo o unas condiciones mínimas antes de poder acudir a la vía judicial porque si no uno de los coherederos que reciba una parte minoritaria puede pedir más de lo que le toca amenazando con los costes de la división judicial al resto a sabiendas de que se pagara por porcentaje de herencia adjudicada
01/07/2022 18:57
JAMÁS se impone a nadie condiciones para acudir a la Justicia.
01/07/2022 19:05
Grisolía
Disculpe pero en los procesos laborales antes de poder acudir a la vía judicial hay un acto de conciliación obligatorio y antes de poder demandar a la administración publica existe el contencioso-administrativo....
02/07/2022 12:01
No, Bill. El acto de conciliación FORMA PARTE DEL PROCESO, que puede seguir o no; y el contencioso administrativo requiere de una RESOLUCIÓN previa porque el objeto de la demanda lo constituye precisamente esa resolución. No son por tanto requisitos de acceso a la justicia.
02/07/2022 12:09
Grisolía
Muchas gracias. Pensaba que quizá antes de la división judicial de una herencia podría haber regulado un acto de conciliación para evitar lo costoso del proceso.