Vender no puede, porque solo puede vender el propietario, en este caso el nudopropietario. El usufructo, si proviene de un testamento del cónyuge, es decir, si se trata del llamado usufructo viudal, se extingue con la muerte del usufructuario. Hasta que ese momento llegue, no puede hacer negocios sobre el propio usufructo, ni transmitirlo por ningún título.