En general, para los mayores de 65 años y las personas con una minusvalía igual o superior al 33%, la venta de su vivienda habitual no está sujeta a IRPF por los beneficios obtenidos. Para que se considere que era su vivienda habitual, debe de haberlo sido al menos durante los últimos 3 años.
No obstante, aunque se esté exento de pagar IRPF, hay que presentar una declaración informativa de la venta ante la Agencia Tributaria, en la que se acredite el cumplimiento de los requisitos que le eximen del pago de este impuesto.
Hola, tengo mi casa en venta y le comprare a mi hermana el piso que hemos heredado, tengo un 56%de minusvalia, que cantidad le tendre que pagar hacienda?