Hola quisiera vender un piso heredado en el cual esta el piso en si y una plaza de garaje, pero no figura nada de que tenga un trastero, que ademas todos los vecinos los tienen cada uno el suyo. Me gustaria saber si a la hora de vender el piso tengo que vender si o si el trastero o me lo puedo quedar. Espero su respuesta. Saludos
¿Tienes otro título de propiedad solo del trastero, o es una zona común, de la comunidad, que se usa de esa manera?
Si es de la comunidad, obviamente al vender dejas de formar parte de esta. Sería como el buzón, por poner un ejemplo.
Si tienes un título de propiedad diferente, sobre ese espacio, pues puedes seguir usándolo, claro. Si no debería haber una desafectación de esos trasteros y registrarlos con referencias independientes.
Pues para mi que sera una zona comun de la comunidad ya que no hay escrituras algunas de trasteros a parte. Las escrituras son del año 1973, no se si eso influye en ello. Saludos
Mira las escrituras o los estatutos de la comunidad, por si tienes interés, pero si no tienes ningún título de propiedad, y no eres miembro de la comunidad tras vender, no sé en base a qué puedes considerar que ese trastero es tuyo.
Gracias por cierto ahora que estamos y por no abrir otro hilo. Al vender el piso imagino que hay que pagar a Hacienda. Pero me gustaria saber mas o menos cuanto podria ser ya que el piso se adquirio en su fecha por 5 mil euros y si se vende por ejemplo por 150000 euros como se calcularia el pago de hacienda?. O al ser transmision de herencia no se paga o se paga menos, es que no lo se. Saludos
Por la herencia pagarías en su momento lo que correspondiera por ISD (según el valor que se consignara), y la plusvalía desde que se compró hasta el fallecimiento. Al vender ahora tendrás que tributar por IRPF por la ganancia patrimonial que haya habido (en tu parte proporcional) entre el valor declarado por la herencia en el ISD (no desde que se compró por el propietario fallecido, pues tú solo lo adquieres al heredarlo), y el precio al que lo vendáis. Y por otro lado la plusvalía que corresponda entre el momento de la herencia, y el de venta.
Comentar que todavia no se ha vendido pero se quiere vender y el valor que se ha puesto para el tributo a hacienda del impuesto de sucesiones es de 30mil euros mas de por lo que lo quiero vender. Entonces no seria ganancia patrimonial sino perdida. Aparte de que la plusvalia, que todavia no se ha pagado ya que todavia no se ha adquirido en totalidad. Imagino que al tener perdidas no se me cobrara nada. Gracias por todo la informacion
Tambien comentar que si hay un decrecimiento del patrimonio ya que son 20000 euros menos de lo declarado en el impuesto de sucesiones y ademas luego la plusvalia que es otro gasto. Imagino que a la hora de hacer la declaracion de la renta, que hay que hacerla, seguramente saldria a devolver, ya que ahora mismo estoy en paro y sin cobrar nada.
Que te salga a devolver no te lo puedo asegurar; las pérdidas patrimoniales se deducen de las ganancias, pero si superan los ingresos no te da dinero hacienda por haber perdido dinero. De cualquier manera si vendes a pérdidas efectivamente no tendrás que ganar por ninguna ganancia patrimonial, ni por la plusvalía. Es conveniente que lo declares de todas formas.
Gracias y ya solo una cuestion mas. Si pago la plusvalia y una vez vendido el piso tengo perdidas esa plusvalia la podria reclamar al ayuntamiento?. Saludos y mil gracias