en ningun caso va estar totalmente exento(salvo que lo que vendas sea tu vivienda habitual y en el plazo de dos años reinviertas en una nueva). la tributacion no depende de tu demas rentas, es a un tipo fijo del 18% . Sobre la ganancia generada hasta el 20 de enero se pueden aplicar coeficientes reductores, que dependeran del año exacto en el cual adquiristes la vivienda.
Hola amiga pues todo dependera de la fecha en la que la compraste, y el momento en que lo vendiste, así como el resto de tus renstas para saber como va a perfercutir dicha venta en el total de tu declaración, incluso con suerte es posible que este totalmente exento, correo de contacto despachogandia@hotmail.com
Hola, un saludo a todos los integrantes del foro. Quisiera que alguien me aclarace lo que hacienda se cobra por la venta de un piso que en su momento costó 7.000.000 de pts. y porteriormente, unos 20 años, se ha vendido en 170.000 €, gracias.