Mi padre anda escaso de dinero para pasar bien el final de su vida y me ha planteado que me vende una tierra ( 1,32 has.) a mi que puedo pagarla. Pero quiero saber si los linderos pueden ejercer el derecho de tanteo y retracto, si entre ellos hay algún propietario de una explotación prioritaria.
Con esa cabida no puede considerarse finca rústica, puesto que la menor es de 10 hectáreas. Por lo tanto, se trataría de una finca con otra calificación y no cursaría el derecho de retracto entre colindantes.
Como te comenta el compañero, para que se pueda ejercitar retracto es necesario que la finca tenga una cabida, tamaño, inferior a una hectárea. Por lo que no hay posibilidad de retracto por parte de los colindantes.
Hola MardeLu
Te cuento
Mi hermana a vendido la parte del piso suya heredada de mi padre a una empresa de proindiviso sin decirme nada
Yo me he enterado porque estos señores me lo han comunicado a los dos meses de comprársela y es por lo que te quiero preguntar si yo tengo derecho de retracto y tanteo en este caso
Pues me llamaron para que les venda mi parte y que sino me llevarían a juicio
Si se trata de un proindiviso al que perteneces (si también eres copropietario/a), lo que tienes es el derecho de retracto de comuneros. Es decir, puedes subrogarte a la compra en las mismas condiciones que aceptó el comprador: comprarlo en su lugar, vamos, y al mismo precio.
Ojo que hay un plazo relativamente corto para ejercerlo.