Un vehículo está estacionado en un garaje colectivo, en plaza privada.
Ese vehículo forma parte de un inventario de bienes, pendiente de un juicio de testamentaria, por lo que lleva tiempo sin cirular en vía pública.
En esa situación, ¿hay obligación de pagar seguro e impuesto de circulación?.
En la Jefatura de Tráfico no se ha hecho ninguna gestión para declarar la situación actual del vehículo y tampoco se sabe si es obligatorio hacerlo.
¿No hay en Tráfico otra situación que no sea Baja o Alta?.
Podría ser "Suspensión Temporal de Circulación".
Hay muchas causas, para esta situación, como embargos, testamentarías, desaparición del vehículo, etc.
si no quieres pagar seguro en impuesto, tendrás que dar el vehículo de baja temporal por los motivos que expresas.
referente a tener o no tener seguro, creo que la ley del seguro dice que todo propietario que tenga un vehículo a motor matriculado o no, que tenga su estacionamiento habitual en españa (no diferencia público o privado), tiene obligación de concertar un seguro con cualquier compañía.
incluso para dar un vehículo de baja temporal, tendrás que tener un sitio idóneo, alejado de la circulación de cualquier otro vehículo, en el que se asegure que el vehículo no va a causar daños ni se los van a causar. en un parking privado de un edificio, no autorizan el estacionamiento durante una baja temporal.