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Variación actas

1 Comentarios
 
Variación actas
26/04/2004 11:45
Ocupo el cargo de secretaria en una hermandad religiosa, tras lectura del acta del último pleno se me ha exigido modificarla debido a que uno de los proyectos que se pensaba llevar a cabo no pudo realizarse finalmente. ¿Debo modificar el acta anterior o simplemente registrar en el acta actual la anulacìón del proyecto y sus causas? ¿existe legislación al respecto de actas?
26/04/2004 12:45
a salvo de una opinión mejor, en la mia propia lo más correcto sería que registres en el acta actual la modificación actual y sus causas, como bien dices.
sí existe legislación, pero no sé si te refieres a tu hermandad en concreto (que no sé de qué confesión religiosa es) o a la que habla de actas, cargos, etc. si lo aclaras te podremos ayudar.
un saludo