La LPH, establece la obligación de doble mayoría, de votos y de coeficientes.
Un propietario con varias viviendas o locales en el edificio, solo tiene UN VOTO con la suma de sus coeficientes.
El valor es del coeficiente excepto cuando un propietario tiene dos o más piso o locales ,que es un solo voto con la suma de los coeficientes que tenga. Salvo mejor criterio
Si en una comunidad de vecinos se establece el pago de gastos de mantenimiento por coeficientes, ¿cuando se tomen acuerdos el valor del voto de cada vecino es también el de su coeficiente de participación o vale igual que el de los demás vecinos?