contrato de compraventa privado año 77. Los hijos del comprador hoy fallecido, en virtud de este documento de compraventa privado, incluyen este bien en su escritura de aceptación y adjudicación de herencia, otorgada en el 2.000.
La registradora no lo inscribe a favor de estos herederos por no estar inscrita la adquisición de su causante.
Al fallecimiento del vendedor del contrato privado del año 77, sus herederos descubren en el Registro este bien a su nombre y pretenden reclamarlo.
Mis clientes son los herederos del comprador.
¿que posibilidades tienen de defender su propiedad basada en un documento privado que no encuentran, y del que solo existe hoy la referencia al mismo en la escritura de aceptación de herencia o en el pago del impuesto de transmisiones?