Sin pretender hacer propaganda ni entrar en polemicas veo que hay cierta incertidumbre en el tema. La cuestion es así: Toda sentencia extranjera (y el divorcio lo es) para que sea inscripta en otro país debe ser reconocida por algún Juez en el país donde se desea inscribir (es el tramite llamado exequatur). Por eso al divorcio hecho en España deberá agregarse otra actuacion judicial en Argentina. Soy abogado en España y Argentina www.despacho-gutierrez.com
Me parece que el abogado argentino conoce poco el tema de derecho internacional, y el español que te hizo el divorcio menos todavía porque debió haberte avisado de que tendríais que hacer el exequatur en Argentina.
La sentencia no se puede inscribir en Argentina si no hay un Juez de allá que lo ordene.
Deberás buscarte algun abogado que conozca el derecho internacional.
suerte
El procedimiento del exequatur es para que las sentencias dictadas en el extranjero sean válidas en España, pero desconozaco si a la inversa también es así.
cyrano, no conozco la ley argentina en ese sentido, pero para reconocer una sentencia de divorcio argentina en españa sí es necesario el exequatur, pero quizá en Argentina no, aunque entre Argentina y España no hay tratado alguno al respecto.
Puede haber un detalle que me hace pensar que el abogado argentino tiene razón, y es que a la inversa, en un asunto que llevo en el despacho, un juez argentino remitió via ministerios de exteriores de ambos paises, una sentencia argentina para que fuera inscrita aqui, cosa que no se pudo hacer porque en España sí es obligatorio en exequatur para el reconocimiento de sentencias de divorcio extra comunitarias.
En cuanto a la Apostilla, sí es en el Ministerio de Justicia.
Os estaría muy agradecido si alguien pudiera decirme cómo he de actuar en mi caso, que a continuación os detallo.
Me casé en Argentina con una ciudadana argentina (noviembre 2005). El matrimonio no funcionó y regresé solo a España. Una vez aquí me divorcié por la ley española (julio 2008). Así legalmente en España estoy divorciado.
El tema es que ahora mi ex mujer quiere tramitar el divorcio en Argentina y no tenemos claro el proceso que hay que hacer con la sentencia española para que valga allí. Consulté a un abogado que me dijo que tengo que hacer un proceso llamado "exequatur".
Desde Argentina el abogado de mi ex mujer dice que con la sentencia española y la apostilla de La Haya es suficiente.
Ni en el juzgado donde dictaron la sentencia ni en el ministerio de justicia me han sabido informar (ya sabeis... a pasarse la pelota de uno a otro).
Si alguien conoce este tema por favor a ver si me lo puede aclarar.
Por cierto si hay que poner la apostilla de La Haya cómo hay que hacerlo, ir directamente a un notario, o al ministerio de justicia, o que?
Otra duda es: ¿sería más sencillo que ella tramitase el divorcio de mútuo acuerdo allí sin tener en cuenta la sentencia española?