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Vado chalet

2 Comentarios
 
Vado chalet
perfil GDC
27/06/2007 10:32
Tengo un chalet adosado en un Pau y mi vecino aparca su coche taponando mi puerta del garage de forma que no puedo entrar ni salir de él (y encima hace caso omiso a mis quejas). Mi pregunta es si puedo llamar a la grúa y que le retiren el coche aun no teniendo placa de vado y a quién le tocaría pagarla. Gracias.
27/06/2007 14:21
En este caso he estado yo, aparque en un local que tenia el vado caducado (aparque no por mala fe, sino porque daba la sensacion de estar abandonado el local, puertas llenas de propaganda electoral de años anteriores, descolorida, oxidada, placa de vado del año anterior, etc...). El caso es que cuando fui a buscar el coche estaba la Policia y la grua, cuando pregunte me dijeron que estaba denunciado por aparcar en el vado, y que si queria firmar la denuncia, a lo que conteste que firmaba la denuncia siempre que hiciera constar que la placa del vado era del año anterior, (en mi localidad le ponen una pegatina con el año al que paga ese año). El agente de policia inmediatamente cambio su actitud, se disculpo, ordeno bajar el vehículo de la grua, dejarlo donde estaba, y me pregunto que si queria interponer denuncia por robo??. Al propietario del local le dijo que si no estaba pagado el vado del año no hay derecho al mismo. Supongo que en otras localidades sera igual. Espero haberle ayudado.
Un saludo
27/06/2007 21:02
No se que normas habrá en ese municipio.
Lo normal, es que para tener un vado, se precisa de la correspondiente licencia municipal.
Una vez concedida y pagado los derechos, se le entrega la placa al solicitante paa que la coloque en lugar visible.
A continuación, el Ayuntamiento ordena al servicio correspondiente, que pinte en la calzada junto al bordillo, delante del vado una linea amarilla de la longitud declarada en la soicitud y de acuerdo con la medida de la puerta de acceso.
Anualmente, hay que pagar el correspondiente impuesto por el vado.
No obstante, en caso de que dicho impuesto no haya sido pagado en el plazo de cobro, no implica que el vado carezca de efectividad. Solo que el titular del vado, tiene una deuda contraida con el Ayuntamiento, que seguirá su curso de cobro por los trámites legales, voluntaria o ejecutiva.
Se necesita un acuerdo expreso del Ayuntamiento para anular la efectividad del vado.
Por todo eso, no comprendo la decisión de la Policía Local en este caso.