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Vacaciones

3 Comentarios
 
Vacaciones
19/09/2012 13:01
Buenos dias, mi consulta es la siguiente, estoy de baja desde el 18 Junio de este y no he disfrutado de mis vacaciones, lo que quiero saber es si las pierdo?Gracias
19/09/2012 18:09
Hola alicia, supongo que te refieres a que estás de baja médica, no? , el derecho a vacaciones no lo pierdes, ni siquiera en el caso de que finalizarás el año enferma pues en ese caso te permiten disfrutarlo al año siguiente, según la sentencia de 20 de enero de 2009, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que el derecho a vacaciones anuales retribuidas no se extingue al finalizar el período de devengo de las mismas cuando el trabajador se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del período de devengo y su incapacidad laboral haya perdurado hasta la finalización de su relación laboral, razón por la cual no haya podido ejercitar su derecho a disfrutarlas. Un Saludo
19/09/2012 18:14
No dices porque es la baja....asi que te pongo los 2 párrafos...
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

Este último párrafo viene a decir lo mismo que expone Mily78, si bien con la reforma laboral ya está incorporada esa postura al ET.
20/09/2012 08:04
Disculpen la baja es medica por una Histerectomia total, muchisimas gracias por la informacion suministrada.