por ley el empresario te da 15 dias cuando el quiera pero los otros 15 los cojes cuando tu quieras, luego segun convenio porque en mi caso las vacaciones las podria coger entre los meses de junio, julio, agosto y septiembre. y yo diria que por separado no tendrias problemas mientras no te pases de tus 15 dias.
Hola.
Hace 2 semanas me dieron vacaciones forzosas. Mi pregunta es si los 15 días restantes que me quedan me los puedo coger cuando yo quiera y en meses diferentes (1 semana en julio y otra en agosto).