Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Vacaciones

1 Comentarios
 
Vacaciones
01/04/2016 00:58
Hola buenas de nuevo,tengo una duda respecto al periodo de vacaciones, resulta que a día 27 de diciembre de este año nos quedan 6 días de vacaciones y nos hace el jefe el calendario y pone vacaciones del 27 al 1 de enero vacaciones, pero mi duda es si eso es legal pues l 1 de enero es de 2017,para nuestra cuenta nos falta un día o eso se puede hacer
01/04/2016 16:49
En primer lugar el que el día uno del año siguiente les cuente como día de vacaciones del año anterior, si la empresa accede no es ningún problema, usted para este año si tiene los 30 días correspondientes a este año no sufren perjuicio, lo único es que lo hagan para restarle un día de vacaciones porque en muchas profesiones el día uno no se trabaja.
Pero por otra parte eso de que las vacaciones las impone la empresa cuando y como le venga en gana de eso nada, léase el art. 38 ET