Las vacaciones son un mínimo de 30 días naturales al año y se intentará (habría que ver su convenio colectivo de aplicación) que al menos 15 días sean seguidos.
Si estamos en septiembre y usted no ha disfrutado de vacaciones hasta el momento o piensa que esos 5 días son los unicos que va a dar la empresa, puede impugnarlo ante el juzgado de lo social ya que las vacaciones prescriben en el año natural, esto es, que el día 1 de enero de 2016 pierde su derecho a disfrutar de vacaciones salvo causas excepcionales (una IT por ejemplo).
Además, la ley obliga a comunicar las mismas con 2 meses de antelación por lo que también en este punto en principio se estaría vulnerando tales derechos.
Si tiene alguna cuestión más no dude en consultarnos. Las llamadas y consultas son totalmente gratuitas.
Buenas, llevo trabajando en un restaurante chino casi 3 años en Alicante. Pertenezco al convenio de hostelería de Alicante. Este año, nos han dicho ayer 8 de septiembre, que las vacaciones de este periodo nos darán 5 días del 13 al 18 de octubre y que el resto ya se verá y eso porque esos 5 días cierra el restaurante por reforma. Ahora bien, mi pregunta es que si eso es legal, lo de dividirnos las vacaciones. Gracias.