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vacaciones

1 Comentarios
 
Vacaciones
19/07/2005 13:04
Cuando una trabajadora se reincorpora a la empresa por haber finalizado la excendencia de 1 año por cuidado de hijos, y se reincorpora antes del periodo vacacional, tiene derecho al pago y disfrute, de todo el periodo o solo a la parte proporcional del tiempo trabajado es decir desde la fecha de su reincorporacion.
19/07/2005 17:13
Hola.

Salvo mejor opinión, te corresponden las vacaciones en proporcion al tiempo trabajado desde tu incorporacion.

Saludos.