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Vacaciones

6 Comentarios
 
Vacaciones
06/02/2013 18:21
Hola, mi pregunta es la siguiente, por estar cubriendo la media jornada de una persona que tiene una excedencia tengo que coger las vacaciones cuando las coja ella o por el contrario tengo derecho como todo el mundo a elegir yo los dias. Gracias.
Tiene derecho a solicitar su periodo o turno de vacaciones conforme se establezca en los acuerdos internos de la empresa con la representación sindical, el Convenio Colectivo o subsidiariamente el Estatuto de los Trabajadores.
Si necesita ayuda legal llámenos.
BARRERO & PARRA ABOGADOS
06/02/2013 21:20
quiere decir que si puedo elegirlas cuando yo quiera???????
06/02/2013 21:26
No que mires el convenio de tu empresa
06/02/2013 21:29
Ya lo he mirado y en el convenio no viene nada al respecto, porque es un tema muy concreto (excedencias) y no viene regulado. Gracias.
Hola trizzz,
Quiero decir que, a priori puedes pedir las vacaciones cuando tu quieras, pero que deberás someterte en la solicitud y la concesión de la empresa deberá someterse, a los pactos de empresa, Convenio Colectivo y en su defecto al Estatuto de los Trabajadores.
Imagínate que todo el mundo quiere irse las mismas fechas de vacaciones...
Espero habértelo aclarado.
BARRERO & PARRA ABOGADOS
Trizzz, olvídate de la excedencia y mira el capitulo de vacaciones.
No tienes ninguna obligación de asumir el periodo de vacaciones de la persona que esta en excedencia.
Otra cosa es que ya estuvieran concedidas las del año y que el único turno que quede libre es el del excedente y que por eso te digan que es el que debes disfrutar.
BARRERO & PARRA ABOGADOS