Hola a todos! Nos han obligado a coger 3 semanas de agosto (2 obligatorias porque la empresa cerraba y otra a elegir), el resto de los dias laborables que nos quedan de vacaciones, 8, en teoria deberiamos poderlos usar como queramos? Por ejemplo usar el puente de la constitucion que gastaria 3 dias mas los 5 de la semana siguiente y estar asi 2 semanas de vacaciones...(ya que nos han jodido el verano)
Efectivamente podrias empezar tus vacaciones el dia 9 de diciembre e incorporarte 8 dias despues, con lo cual, te irias del trabajo el 3 de diciembre y no volverias hasta el 17 aprox., eso siempre y cuando el martes 7 no te hagan trabajar, puesto que no es dia festivo.....
De todos modos te recomiendo que ojees el convenio colectivo de la empresa y analizar sus clausulas de vacaciones antes de solicitarlas
No, no...es que tengo 8 días LABORABLES de vacaciones...
Lo que quiero saber es si pueden negarse a que yo disponga de mis 8 dias como a mi me de la gana (juntarlos, distribuirlos, lo que quiera!) puesto que ellos ya han dispuesto el resto de mis vacaciones (14 dias LABORABLES) como a ellos les ha convenido.
A ver, teóricamente (según el ET) y sin perjuicio de que el convenio aplicable pueda disponer algo al respecto, las fechas de dsifrute vacaciones se fijan por común acuerdo entre la empresa y el trabajador.
Por otro lado, suele ser habitual que la empresa establezca una planificación de vacaciones o unas fechas comunes para todo el mundo (por ej. porque cierre la empresa durante ese periodo). En ese caso, el trabajador puede exigir que se le infrome con un mínimo de 2 meses de antelación.
En cualquier caso, si no está de acuerdo, el trabajador siempre podrá interponer una reclamación ante el juzgado de lo social, que se tramita y resulelve de forma bastante rápida (aunque si la empresa alega razones como la de que cierra, entiendo que será difícil que prospere la reclamación).
Lo que no puedes hacer es fijarte de forma unilateral las vacaciones. Si quieres hacer esos dias en diciembre, puedes solicitarlo a la empresa, y si ésta está conforme, perfecto, pero si no, no puedes tomartelos por libre (podría ser motivo de despido disciplinario).
En cualquier caso, salvo que el cierre haya sido así, repentino e inesperado, entiendo bastante razonable el planteamiento de la empresa: cierra dos semanas en agosto , que son de vacaciones para todos, y debéis disfrutar una semana más dentro de ese mes, a vuestra elección, el resto de días, no sé si os lo deja totalmente a vuestra libre lección, pero, en todo caso, parece que podéis disfrutarlos en un mes diferente. Vaya!, que yo conozco supuestos bastante mas animales y poco sensibles de fijar vacaciones.
En resumen, en principio os debeis poner de acuerdo. La empresa puede fijar unas fechas (y en la práctica, casi imponerlas), pero fijarlas al menos con dos meses de antelación. Si no estás conforme, puedes reclamar. No puedes hacer vacaciones sin la autorización de la empresa, salvo resulución jurisdiccional expresa a tu favor.
Si, supongo que hay otros supuestos bastantes mas animales pero que quieres que te diga, me parece fatal! Joder, que trabajamos todo el año para poder irnos de vacaciones...me parece que si la empresa ya dispone de 2 tercios de tus vacaciones, pues que un tercio puedas cogertelo tu como y cuando quieras, sin gilipolleces del tipo no puedes juntar los 8 dias seguidos, no puedes hacer esto, no puedes hacer lo otro...que es que les falta decirte ya a donde te tienes que ir de vacaciones!
Claro lo que a ellos les gustaria es que los 8 dias libres que te quedan te los cogieras en plan separados para que ellos "no se enteren" de que estas de vacaciones y tu por supuesto fijo que no te enteras! Ni descansas ni nada...
A ver si nos toca una buena primitiva y pasamos de toda esta m**rd*!