Mi convenio menciona además de los días de visitas intersemanales y fines de semana alternos desde viernes a la salida del colegio hasta el lunes a la hora de entrada del colegio, que cuando exista puente antes o después del fin de semana que le toque a la menor estar con el padre, éste se prorrogará contando como fin de semana desde el primer día festivo a las 10:00 y hasta el último día festivo o lunes de vuelta al colegio.
El jueves 18 de Marzo es día NO lectivo en el colegio de mi hija y el viernes 19 festivo autonómico, ese fin de semana me corresponde estar con ella. Este año al ser año impar las vacaciones de fallas le corresponderían a la madre estar con la menor.
Desde que empezó el colegio en septiembre y teniendo en cuenta el calendario escolar y la circular de inicio de curso que repartió el colegio con las fechas importantes a recodar, únicamente habla de vacaciones de Navidad y vacaciones de Pascua, el resto bien son festivos locales, autonómicos, nacionales o festivos escolares, no menciona vacaciones de fallas.
¿Al no tratarse de vacaciones de fallas sino de un día NO lectivo me correspondería recoger a mi hija el jueves 18 a las 10:00 hasta el lunes que la deje en el colegio por la mañana? O por el contrario ¿debería recogerla el viernes 19 a las 10:00 hasta el lunes a la entrada del colegio?