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Vacaciones 30 días vs 22

5 Comentarios
 
Vacaciones 30 días vs 22
14/08/2020 15:53
Buenas tardes.
Trabajo en el comercio del metal de miércoles a sábado, hago 32'25 h de media semanales.
A la hora de elegir mis vacaciones tengo una duda. Suponiendo que hoy 14 d agosto es mi ultimo día de trabajo, las vacaciones las empiezo a contar a partir del miércoles 19 cierto? Y otra duda. Si me pongo a contar 22 días laborales Vs. 30 días naturales, tengo de diferencia 8 días de descanso (contando 22 días empezaría a trabajar el 26 de septiembre, contando 30 días naturales empezaría el 18 de septiembre) que es lo justo que debo hacer? Son casi dos semanas d diferencia
14/08/2020 18:29
cristinika
En primer lugar, para saber si son 22 días laborales o 30 naturales esto vendrá reflejado en el convenio y resulta que el convenio del sector del comercio del metal es provincial y no nos dice usted ¿cual es la provincia?
En cuanto a cuando deben empezar justamente el 19 de agosto y serian en ambos casos hasta el 18 de septiembre, lo explico, eh días naturales, (30 días de todo el año, incluidos festivos), seria hasta el 18 de septiembre y para el caso de días laborables, como su cto es de X a D son esos 5 días de la semana por lo que aunque los domingos son festivos para usted no lo son y por tanto debe contar desde cada miércoles a cada domingo, así que sin coincidir festivos entre semana de X a D comenczarían el mismo día 18 de septiembre.
smo
14/08/2020 21:21
Jamgrrhh28
Muchas gracias por la respuesta. Trabajo en Barcelona y he mirado y son 30 días naturales. Me podría explicar por que tengo que contar como de miércoles a domingo? Si trabajo 4 días. Y otra consulta, los 30 días naturales de vacaciones deben ser seguidos? O puedo repartir los días? Cuando hay festivos por en medio (X ejemplo Navidad o Año nuevo) pierdo esos días? Gracias
14/08/2020 22:35
cristinika
Me había despistado su jornada es de X a S por tanto 4 días, no obstante las vacaciones son las que dice el convenio, es decir 30 días naturales por tanto hasta el 18 de septiembre.
En cuanto a la forma de disfrutar las vacaciones dependen de la negociación del trabajador con la empresa, se pueden fijar hasta por semana con la única condición de que dos enanas deben ser consecutivas.
Pongamos por caso que elige usted la 2 quincena de diciembre pues todas las fiestas que haya en esa quincena las perdería porque las vacaciones son en días naturales sin distinguir digestivos o no e incluso si están en cto o no.
19/08/2020 12:06
Jamgrrhh28
Muchas gracias. Tengo otra duda si me permite. Me gustaría saber como calculo las horas anuales máximas laborales que debo de hacer. Mi convenio del comercio del metal de Barcelona dice que son máximas 1780 h para una jornada de 40 h semanales. Yo hago una semana 30,5 horas y otra semana 34 horas.
Cálculo:
Supongo que es coger la media que serían 32,25 horas y hacer la regla de 3?
32,25 x 1780 / 40 = 1435,12 HORAS ANUALES

Muchas gracias
19/08/2020 18:04
cristinika
Es correcto su calculo pero tb debe venir reflejado en su cto, es decir usted tiene una jornada parcial y por tanto en su cto debe venir reflejada una jornada parcial del 81,25 % por lo que si su convenio fija una jornada a tiempo completo de 1780 h/año usted tendrá que hacer 1446,25 h/año.
smo