¿Existe alguna ley que faculte o impida el uso de cámaras de video para la grabación por parte de Policías de sus propias intervenciones, sin hacer un uso de ningún tipo posterior de esas imagenes?...por ejemplo, una redada en un establecimiento público, donde los Policías que actuan graban la intervención para ver los fallos operativos que puedan existir y poder corregirlos...o cuando un programa de TV acompaña a la fuerza actuante en sus intervenciones y las graba para emitirlas posteriormente en un reportaje o en un telediario...
¿En que te basas para hacer esa afirmación tan categórica?...¿que pasa entonces cuando los medios de comunicación acompañan a las diferentes Unidades Policiales y graban sus intervenciones para después emitir la imágenes?, ¿piensas que solicitan autorización judicial para ello?...¿y que pasa entonces con las cámaras interiores que tienen los establecimientos públicos?, ¿que necesitan una orden judicial para instalarlas?, ¿ellos pueden grabar todo y la Policía no lo puede hacer?...pienso que si una parte es la implicada no existe problema, siempre y cuando no haya un uso fraudolento de dichas imágenes, que es donde radica el problema....
Muchas gracias por tu contestación, pero lo que me interesa es una base legal, que me haga inclinar hacia un lado u otro.
Sí que existe una ley orgánica que regula el uso de videocámaras por las fuerzas de seguridad en lugares públicos. Pongo el enlace.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo4-1997.html
Sobre lo dicho por Yamie, no es totalmente correcto, por ejemplo el uso de videocámaras móviles lo autoriza el jefe de las FCS. El resto de grabaciones (fijas) las autoriza una comisión que componen miembros de la judicatura y del gobierno.
La conclusión es que todo el mundo puede grabar sin permiso previo si se cumplen los requisitos legales, y que las fuerzas de seguridad, además de cumplir requisitos más exigentes, deben tener permiso previo.