Tengo un balcón en una comunidad de 5 vecinos.
El constructor, que también tiene un piso debajo del mío ha construido en su terraza y ha llegado hasta mi balcón.
El techo del piso de abajo es la continuación de mi balcón.
Tengo entendido que ese terreno es comunitario y si todos los vecinos están de acuerdo puedo hacerlo servir ampliando mi balcón a terraza.
Si quisiera edificar tendría que comprarlo a la comunidad.
¿Si todos los vecinos me dejan utilizar ese espacio y ampliar mi balcón a terraza menos el constructor yo puedo hacer caso de la mayoría?
(Todos han firmado bajo notario menos el susodicho constructor)
No he entendido que quiere decir usted exactamente, pero sí he entendido que en esencia se trata de ejecutar una obra. La respuesta es que necesita también la autorización de TODOS los propietarios y consecuentemente la respuesta debe ser necesariamente negativa.
Pero si se trata de una obra menor, o sea poner unas baldosas de terraza y una baranda ese señor podría denunciarme? Qué consecuencias tendría hacia mí teniendo en cuenta que todavía no somos una comunidad ni tenemos los estatutos establecidos?
Por culpa de una persona yo tengo que fastidiarme y no tengo nada que hacer?
Si he entendido bien, su vecino de abajo tiene una terraza debajo de su balcón, y más grande que éste, que ha cubierto hasta la altura del mismo, usando el balcón como techo y dejando además una superficie extra a esa misma altura, que es la que usted desea aprovechar.
El problema parece venir de querer aprovechar usted parte de una obra de otro vecino de dudosa legalidad.
Antes que nada, para haber realizado esa obra, dado que parece que es obra nueva y antes de que se forme la comunidad, esa cobertura de la terraza debería estar en el plano de obra, o esa bien es ilegal y puede usted solicitar que se elimine. El constructor debe atenerse en la medida de lo posible a la obra que ha presentado y que ha sido autorizada, y no puede modificarla como le venga en gana.
Para poder solicitar que se le ceda esa superficie en uso y disfrute, deberá constituirse antes la comunidad y especificar en su titulo constitutivo si esa es una zona común, y si alguna propiedad disfruta del uso privativo de la misma.
Si no aparece descrita, legalmente usted no puede solicitar el uso privativo ni mucho menos su propiedad. Pero tampoco su vecino de abajo puede mantenerla si usted lo denuncia.
Si sí que aparece y usted deseara el uso privativo de la misma, o incluso su compra (no sé si sería posible tratándose de una terraza, de todas maneras le recomiento la primera opción) se requeriría acuerdo por unanimidad.
Pero, dada la situación de dudosa legalidad, aproveche para que ya lo recoja los estatutos de la comunidad cuando esta se constituya.
Si es como lo he entendido, a su vecino de abajo así le conviene, pues se arriesga a tener que derribarlo.