Recurso contra el régimen de visitas al hijo de una pareja homosexual
EFE - Sevilla - 31/07/2007
La mujer que debe conceder a su ex compañera sentimental un régimen de visitas con su hijo biológico va a recurrir la sentencia argumentando el interés supremo del menor, pues la demandante "nunca ejerció como madre" y el niño, que ahora tiene seis años, "dejó de verla a los tres, lo que para él es toda una vida".
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La abogada María Ángeles Villegas, que defendió a la madre biológica, dijo que va a recurrir "en todos sus términos" la sentencia del juzgado de Familia, que concedió a la demandante el mismo régimen de visitas de un progenitor biológico puesto que el niño fue fruto de una inseminación artificial cuando no estaban autorizadas las adopciones de parejas homosexuales.
"No estamos discutiendo los derechos de las parejas homosexuales, sino la existencia de vínculo" entre las dos mujeres, afirmó la letrada, quien afirmó que éste no existió en los términos que recoge la sentencia.
También va a recurrir porque la juez de Familia 17 de Sevilla concedió a la ex pareja más de lo que pedía en su demanda, lo que no está previsto en la ley, ya que solo había solicitado el régimen de visitas de los abuelos y la juez otorgó el de los padres biológicos, igual que cualquier pareja separada.
igualdad de derecho no discriminacion por razon de sexo, religion.... CE Incluso hasta los reglamentos de cualquier ley no pueden ir contra los principios del derecho....... HBB
ES curiosa la noticia: regimen de visitas igual que cualquier divorciado pero lo que ya no es igual es que se OFREZCA una pension alimenticia ¿Acaso el juez no la fija? Pues parece ser que esta lesbiana ya no es tan IGUAL a cualquier padre separado. A ver si a partir de ahora a los padres separados se les va a dejar ofrecer la pension alimenticia.
Pero creo que que se conformarían con poder contralar que su dinero se emplea efectivamente en satisfacer las necesidades del menor, y no que quede al libre albur de la madre "administradora".
En fin...
Un donante de esperma deberá pagar la cuota alimentaria.
Lo dispuso la Corte Suprema sueca. El hombre realizó la donación a una pareja de lesbianas y nacieron tres chicos entre 1992 y 1996. (IBLNEWS, AFP)
Un sueco que donó su esperma a una pareja de lesbianas para que tuvieran hijos fue condenado el miércoles por la Corte Suprema del país a pagar una pensión para los tres niños de los cuales es padre biológico, informa AFP. El hombre, de 39 años de edad, donó su esperma a inicios de los años 90, y permitió el nacimiento de tres niños entre 1992 y 1996.
Según dijo a la Corte sueca, se puso de acuerdo con la pareja en no contribuir a criar a los niños, pero había firmado un papel en el que reconocía que era su padre biológico. La pareja de lesbianas se separó después y la madre biológica reclamó al progenitor masculino que pasase una pensión alimentaria a sus hijos. La Corte Suprema y el tribunal de instancia, así como la Corte de Apelación, estimaron que el padre biológico debía asumir sus responsabilidades financieras.
Ratifica la sentencia emitida en primera instancia, en virtud de la
cual puede ver a su hijo tres horas cada 15 días
La justicia ha vuelto a dar una bofetada a Alexia Pardo, antes Álex.
La Audiencia Provincial de Lugo ha ratificado la sentencia dictada
por el Juzgado de Primera Instancia en virtud de la cual este
transexual sólo puede ver a su hijo, fruto de su matrimonio cuando
aún no había decidido cambiar de sexo, tres horas cada 15 días y en
presencia de dos psicólogos y su ex esposa.
Alexia, informática de 29 años, explica que, tras separarse de su
esposa, todo marchaba bien. "Tenía régimen de visitas abierto, es
decir, podía ver al niño siempre que quisiera". Todo cambió el año
pasado. Álex le comunicó a su ex mujer su intención de comenzar un
tratamiento hormonal para cambiar de sexo, sin descartar incluso la
intervención quirúrgica para eliminar sus genitales.
Según explica Alexia, su ex esposa decidió entonces demandarla "para
arrebatarle la patria potestad, el régimen de visitas y evitar toda
comunicación" con el hijo, al considerar que podría ser perjudicial
para el menor. "El hijo quiere a su padre. Pero precisamente ahí
radica la gravedad del problema", afirmó Patricia, la ex, en el
juicio que le dio la razón, si bien la sentencia alegaba
la "estabilidad emocional, no la transexualidad" de Alexia.
Ese fallo es el que ha sido ahora ratificado por la Audiencia de
Lugo, tras admitir el recurso que interpuso Alexia. El tribunal
considera que en este caso debe primar el interés del menor, y vuelve
a esgrimir como principal argumento para mantener el régimen de
visitas la "inestabilidad emocional" del padre, que, según detalla la
sentencia, ha sufrido un "trastorno de ansiedad, un ataque de pánico
y un trastorno de sueño". Dice, además, que "un sistema normal de
visitas supondría un riesgo para la salud emocional del menor, que
progresivamente se habituará -como de facto ya está haciendo, pues la
relación afectiva es buena- a la decisión de cambio de sexo adoptada
por su progenitor".
"Me gusta estar con papá, aunque se maquille"
La batalla judicial comenzó hace algo menos de un año. Escaso tiempo
para un adulto, pero mucho para un niño de siete años al que, según
declaró en el juicio, "le gusta estar con papá y no le importa que se
maquille". Por eso Alexia no da su brazo a torcer, y a pesar de haber
perdido este segundo proceso, no descarta acudir al Tribunal
Constitucional, "a ver si los jueces allí tienen la mente más
abierta".
"No puedo aceptar este régimen de visitas, el mismo que tienen
criminales, delincuentes, maltratadores.... Me están tratando igual
que a ellos", lamenta Alexia, quien considera que se han cometido
numerosas irregularidades en el juicio. Explica, por ejemplo, que no
se ha tenido en cuenta el informe emitido por las psicólogas
del "punto de encuentro", el lugar donde cada 15 días Alexia se
encuentra con su hijo. Según relata, estas dos profesionales
emitieron un informe en el que exponían que sería conveniente imponer
un régimen normal de visitas.
Y es que, "aunque albergaba cierta esperanza", Alexia confiesa que el
fallo no le ha sorprendido, y lamenta que, además, siente
jurisprudencia. "Los prejuicios de esta juez influirán en el régimen
de visitas de otras personas en mi situación", asegura.
"Un precedente escandaloso"
Por su parte, la Federación Estatal de Gays, Lesbianas y Transexuales
(FELGT) considera "muy grave" la ratificación de la sentencia, que,
según su parecer, incurre en contradicciones. Así, destacan que por
un lado la juez resuelve que el régimen de visitas debe limitarse
porque la "inestabilidad del padre no debe transmitirse al menor, que
se siente confundido ante la nueva apariencia" de su progenitor,
mientras que por otro dice que "no se trata, en contra de los que
interpreta la demandada, de impedir que el padre se relacione con su
hijo por el hecho de ser transexual".
Además, la FELGT denuncia que "la transexualidad no puede ser causa
para retirar la patria potestad ni para programar un régimen de
visitas condicionadas", ya que "vulnera gravemente el principio
constitucional de la no discriminación por razón de sexo".
Carla Antonelli, portavoz del área de transexualidad de la FELGT,
considera que la sentencia sienta un "precedente escandaloso, porque
se está criminalizando la transexualidad, al equiparar el régimen de
visitas al de los acusados de violencia doméstica o abusos sexuales a
sus hijos". "Por si fuera poca la discriminación que sufrimos, ahora
encima nos quieren quitar el derecho a ver a nuestros hijos", añade.
Todo esto no es mas que la expresion clara del art 3.1 que confiere a los jueces y tribunales el ejercicio de sus funciones. No veo por lo tanto el motivo de alegria por determinados sectores pues debo de entender que tanto una mujer lesbiana o un transexual puede ejercitar las funciones familiares sin problema alguno. Partimo de la base que el sexo es un referente en nuestra sociedad pero no el univo....Alli la CE
Una juez otorga a una lesbiana un régimen de visitas al hijo que tuvo su ex pareja
Una juez otorga a una lesbiana un régimen de visitas al hijo que tuvo su ex pareja
La magistrada considera que las dos mujeres son "progenitoras" del niño
REYES RINCÓN - Sevilla - 27/07/2007
Un Juzgado de Sevilla ha concedido a una mujer un régimen de visitas para que pueda seguir viendo al hijo biológico de su ex compañera. La juez María Núñez, titular del Juzgado de Familia 17 de Sevilla, considera que el menor, que hoy tiene cinco años, es "fruto" de la relación que mantuvieron ambas mujeres durante 11 años, por lo que entiende que la demandante, María Dolores C., es "progenitora" del niño y tiene derecho a un régimen de visitas compartido. La sentencia es recurrible, pero la juez ha estipulado que el posible recurso no interrumpa el régimen de visitas.
María Dolores pedirá pagar una pensión alimenticia a la madre biológica del menor
La sentencia va más allá de la solicitud de María Dolores, que en su demanda pedía que le concedieran el estatus de "allegada" al menor, como se considera a los abuelos, tíos y otros familiares. "En nuestro alegato al final del juicio le dije a la juez que, a la vista de las pruebas, nos habíamos quedado cortos al pedir un régimen tan light", reconocía ayer el abogado de la demandante, Manuel Parrilla. La magistrada le ha dado la razón: "En la demanda se solicita un régimen de visitas considerando a María Dolores allegada, pero es más que eso, es progenitora", recoge la sentencia.
La juez da por probado que María Dolores y Mercedes convivieron durante años, se compraron un piso juntas y decidieron que una de ellas se sometiera a una inseminación artificial para tener un hijo. Acordaron que fuera Mercedes porque tenía mejor salud. Durante la vista, que se celebró el cuatro de julio, María Dolores y su letrado mostraron videos de la vida en común antes y después de que naciera el menor, la escritura de la casa que compraron y una carta de despedida que Mercedes escribió a María Dolores en la que hablaba del hijo como "lo más importante" que le había dado en los 11 años de relación.
La juez ha tomado también en consideración el testimonio de amigas de la pareja y las fotografías que aportó María Dolores para acreditar que ambas ejercieron como progenitoras hasta que se separaron y la madre biológica apartó al menor de su ex pareja. Las pruebas son contundentes, según la juez: "Fueron una familia con convivencia de los progenitores y siguen siendo una familia aun cuando ellas vivan separadas, porque tienen un hijo en común", sostiene el fallo.
La ley que equipara el matrimonio homosexual al heterosexual, incluido el derecho a adoptar, entró en vigor en junio de 2005, pero para entonces, María Dolores y Mercedes ya había roto su relación. Sin embargo, la juez considera que la relación era tan estable y la decisión de tener un hijo fue tan consensuada, que, si la ley hubiera estado vigente cuando nació el niño, ambas mujeres habrían decidido que María Dolores lo adoptara.
El menor, según la sentencia, "es hijo de esta pareja, una pareja que buscó el embarazo de la única manera que podía hacerlo, mediante inseminación artificial de una de las progenitoras, que criaron al niño como hijo y que han respetado esta relación hasta que, como siempre ocurre, litigios sobre otras cuestiones materiales, en este caso la vivienda, vienen a mezclarse y a enturbiar las relaciones afectivas personales".
No es la única vez que la juez critica la actitud de la madre biológica por permitir que la ruptura de la pareja afectase al menor: "Cuesta trabajo constatar y admitir que personas tan valientes, tan consecuentes consigo mismas [...] no sepan afrontar una situación de crisis de pareja y al final, como todos, como las parejas heterosexuales, confundan hijos con viviendas, amor y respeto con bienes materiales, perjudicando lo más importante, un niño que no pidió venir al mundo".
María Dolores, la madre no biológica, conoció la resolución judicial a mediodía de ayer y no se la creía. "Me he ido del trabajo corriendo, estoy contentísima", aseguró por teléfono. Las últimas veces que ha visto al crío ha sido desde las gradas de las clases de natación o de lejos a la salida del colegio. Ahora lo tendrá con ella un fin de semana de cada dos y la mitad de las vacaciones escolares. La juez ha ordenado que el régimen de visitas entre en vigor en agosto y María Dolores planea llevarse al niño a la playa. Antes, su abogado solicitará que su representada pague una pensión alimenticia. "Hay que ser coherentes y si le consideran progenitora quiere que sea con todas las consecuencias".