Lo cierto es que la excepcionalidad de esta ley irroga unos especiales perjuicios al acusado en falso que no se presentan en cualquier otro tipo penal, al tiempo que premia social, laboral y económicamente a la denunciante. Por todo ello no sería descabellado plantearse la conveniencia de que se creara un tipo agravado para las denuncias falsas en esta materia. Aunque desde mi punto de vista el mejor remedio sería su supresión.
Lo denunciaria , si no fuese que no deseo saber ni de tribunales , ni policias , ni abogados.
HOY si puedo decir , que la LVG y los qu la MAL aplican si son una escoria .
Desde el GC que solo actua sin pruebas, que maltrata, el JUEZ de Guardia que solo resuelve sin detallar ya que le cabrea trabajar de domingos y de noche.
Del Fiscal que por miedo a la repercusion mediatica de la LVG , solo lo que hace es ACUSAR.
Y pregunto entnces , como recupero esto por mi vivido?.
Cuantos y cuantas estaran pasado por lo mismo ?.
Acaso la LVG es MALA? o esta mal aplicada? o sera que por el afan de publicidad quieren ser mas papistas que el papa?.
Vivi con verguenza y hoy por hoy estoy aprendiendo que la verguenza la deberian tener aquellos que me aplicaron esa ley .
7 meses , repito 7 meses , escuchado como se me trataba como un reo, como un delincuente .
Y aun no duermo , cree ud que me acerco ahora a un policia para pedirle una direccion?
Cree ud que ahora no me detengo a pensar , cuanta noticias trucadas y falsas salen en prensa y tv?.
NO NIEGO EXISTAN ASESINOS Y MALTRATADORES, pero TAMBIEN LAS HAY ASESINAS Y MALTRATADORAS.
Y si me lo permite ud, creo que de 100 denuncias que se practican 80 son FALSAS .
Y no siempre por culpa de quien denuncia , SOLO POR LA FACILIDAD O AFAN PROTAGONICO DE LOS FUNCIONARIOS POLICIALES Y DE JUSTICIA.
Hola Talisman, me eto en opinar en este foro ya que como he vivido en primera persona el funcionamiento de la "JUSTICIA" en España .
Fui objeto de que se me aplicara la LVG y desde un inicio fui tratado como un delincuente , he pasad meses en tto psicologico ya que vivi con terror y miedo el ser perseguido por la "JUSTICIA" .
Al final y recientemente he salido con sentencia ABSOLUTORIA.
y yo pregunto ahora .
Por que se me SENTENCIO COMO ELINCUENTE DESDE UN INICIO?.
POr que el abogado lo primero que me dijo fue "NEGOCIA" .....
Por que luego de lograrse el DIVORCIO con la consabida vida de pagar, hipoteca, pension, alquiler y convertirme en padre de cheque y de 15 dias y con una custodia para la madre , salgo ABSUELTO. y la "JUSTICIA" no me dice un disculpa?.
Donde esta el GC que me dijo "eres un vulgar maltartador" eres escoria , .
Quien me recompensara esos 48 horas sin comida y encerradado como un perro?.
Tuve en buscarme la vida y hasta vivir en la calle dos noches .
He pasado meses sin dormir por que vivo con MIEDO?.
Talismán, ¿usted es abogado, o juez?. No entiendo de qué ofensa habla.
Si usted cree que LOS DEMÁS se dejan agraviar sin luchar con uñas y dientes, díganos, desde su amplia experiencia en materia legal, qué les queda por hacer a estos pusilánimes para no dejarse agraviar.
Lamento su situacion, emigrante, pero aclararle que no me siento orgullosa de mi país- y menos en estos momentos precarios que vivimos-para nada.
Pero sí creo que hay buenos funcionarios, que trabajan honestamente y no son los incompetentes que aqui se hace ver. ¿Que cada uno cuenta la historia según la ha vivido? Pues sí.
Pero como funcionaria de justicia-no de un juzgado de violencia de genero, del cual nos fuimos hace 4 toda la plantilla completa, echando pestes-, molesta, cuando no ofende que se menosprecie y se degrade, el ttrabajo por el que te pagan, y eso nos lo repiten muchasssss veces: Yo te pago el sueldo ( a lo que para mis adentros, digo, pues pagame mas que no llego).
De todas formas, si yo me encontrara en una situacion en la que se me acusara falsamente, desde luego viviría toda mi vida pagando apelaciones, pero YO, no me dejaría agraviar sin luchar con uñas y dientes.
Saludos
Por supuesto, Talisman, repito mis plantamientos, los SS.PP., Sobreseimientos Provisionales, hacen que NO se pueda denunciar por denuncia falsa, puesto que no existe sentencia o auto FIRME, no de sobreseimiento provisional. Muchos o muchas de los que andamos por estos foros estamos en esa situación, se nos denunció en falso, pero se dictó AUTO de sobreseimiento provisional, no cabe acción alguna hasta que este auto devenga en auto, por lo menos, o sentencia, firme, esto ocurre, la firmeza, por ley, sí o sí, después de transcurridos 5 años de dictado el auto de sobreseimiento provisional, hasta sonde este humilde mortal sabe, mientras tanto estas sufriendo las consecuencias de ser denunciado en falso. En mi caso, ahora puedo reabrir el caso y denunciar a mi ex por denuncia falsa, pues han pasado 5 años desde que interpuso esa denuncia falsa de maltrato psicológico, por la cual fui juzgado y expoliado por un tribunal español, con perjuicio de terceros, un tribunal que violó mi derecho constitucional a la defensa, se me juzgó sin asistencia letrada, a pesar de solicitarla hasta la saciedad, con denuncia cruzada, y parte de médico forense de una agresión FÍSICA acreditada con documentales, agresion por parte de mi ex. Me partió la cara a su regalado gusto, yo sin inmutarme, y después me denunció por maltrato psicológico. País de bárbaros. ¡Por Dios! Y se pregunta usted que tienen de malo los autos de sobreseimiento provisional en estos casos, nada, sólo que te dan por detrás sin derecho a queja o defensa alguna, por si le pareciera liviana la cuestión, total, era mi trasero el que estaba en juego. Más aún, si estoy aquí y ahora, escribiendo esto, sin ser detenido en ningún momento, no se atrevieron, u osaron, debieron bastar mis argumentaciones, es porque algo sabía en aquellos tiempos, ahora ni le cuento. Aunque en los tiempos que corren “me siento inseguro” y me lo creo todo, en un estado como el nuestro no es que invoque la seguridad jurídica, invoco la inconstitucionalidad de la legislación y de los tribunales, mucho más grave. Soy consciente de que me juego el tipo cada minuto que permanezco en este país. Intentaré permanecer lo mínimo en el mismo y retornar a mi habitual condición de Emigrante español, desde el 87. 23 años, ahí es nada, y estoy aquí sin afectación alguna de los planes y ayudas al retorno de emigrantes españoles, todo lo contrario, si le contara como me trataron en el consulado y como tuve que retornar... No me quejo, al fin y al cabo puedo decir a este gobierno y a este país que soy todo un maestro Keteden, un humilde saltamontes que algo aprendió de su estancia en Japón y otras tierras orientales. Ese que dice ser mi presidente no tiene capacidad alguna para producirme ya mayor dilatación anal de la que tengo, estoy curado de espanto y de batallas de Lepanto.
Le comunico lo que hay, Talisman, por vivido, vívida experiencia donde las haya, se lo puedo documentar con pelos y señales, espere sentada a que se actúe de oficio, y lo que es más importante, cuando se violan derechos constitucionales, y humanos, sistemáticamente, en este país, puede invocar usted lo que quiera, el resultado será indefectiblemente el mismo, el que es hoy en día. Por mi parte, tengo algunas cuestiones muy claras, lo único por lo cual estoy realmente en este país es por mis hijos, nacionales de otro, reconozco mi error al traerlos aquí y no abandonarlos en el suyo, ¡y que se atreva un Tribunal Español a cuestionarme como padre!, hoy en día estoy convencido de que mis hijos serían mejores si no estuvieran en España, por lo menos tendrían un padre que en modo alguno sería el papa cheque al que convierte a todo padre la legislación española. Se puede quedar usted con su glorioso país, que es el mío ya sólo por nacimiento, a mi me produce vómitos y escalofríos. Se lo regalo, pero NO sin MIS HIJOS. Alto y claro: ¡NO SIN MIS HIJOS! Igual que la madre que pretendía recuperar a sus hijos de un país musulmán.
En los casos 1 y 2 del artículo anterior podrá declararse, al decretar el sobreseimiento, que la formación de la causa no perjudica a la reputación de los procesados.
Podrá también, a instancia del procesado, reservarse a éste su derecho de perseguir al querellante como calumniador.
El Tribunal podrá igualmente mandar proceder de oficio contra el querellante, con arreglo a lo dispuesto en el Código Penal.
El sobreseimiento puede ser libre o provisional total o parcial.
Si fuere el sobreseimiento parcial, se mandará abrir el juicio oral respecto de los procesados a quienes no favorezca.
Si fuere total, se mandará que se archiven la causa y piezas de convicción que no tengan dueño conocido, después de haberse practicado las diligencias necesarias para la ejecución de lo mandado.
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Artículo 636.
Contra los autos de sobreseimiento sólo procederá, en su caso, el recurso de casación.
Artículo 637.
Procederá el sobreseimiento libre:
Cuando no existan indicios racionales de haberse perpetrado el hecho que hubiere dado motivo a la formación de la causa.
Cuando el hecho no sea constitutivo de delito.
Cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores.
Como ejemplo de DENUNCIA FALSA estan aquellas que se han basado en hechos no comprobados, y que ni siquiera los organismos policiales hayan recabado pruebas .
Fijate es este caso por mi mimo vivido , si detallas fue una denuncia falsa para lograr un divorcio.
más pilas, eso seguro, sin olvidar aspectos místicos, estampita de San Cristobal, San Pancracio, Santa Barbara... Todo suma, si señor, yo cada vez que entro en juzgado invoco a San Cucufato, ese santo, patrón de un pequeño pueblo, de los muchos de España, donde le tienen en las alturas, pero por debajo de sus vestimentas pende recia cuerda, los penitentes se acercan al santo, le invocan, agarran la cuerda y dan tres tirones fuertes después de pedir sus deseos al mismo tiempo que cantan: ¡San Cucufato, San Cucufato o me concedes lo que te pido o los carajos no te desato!, el pobre Santo la cara llena de lágrimas tiene y, aunque siempre cumple los deseos, nadie se los desata, el que venga detrás que arree. No digo el nombre del pueblo, más que nada por no amargar al santo, evitando publicidades que provocarían afluencias masivas y mayores dolores de gonadas, al santo. Con respeto, mucho cariño y diciendo ¡ojalá me hubiera tocado usted como abogada en mis procesos de familia! Como decía la canción, Si jo l'estiro fort per aquí i tu l'estires fort per allà, segur que tomba, tomba, tomba y todos y todas nos podremos liberar.
Rakhsun, dio usted en el clavo, bordada:
“Se ha hecho un maremágnum de ideologías sobre una cuestión que no es ideológica, sino derecho HUMANO y CONSTITUCIONAL.
Presunción de inocencia, simplemente.”
Se podrá matizar, adornar, comentar, ampliar, pero tras esta observación poco más queda por decir. ESTADO DE DERECHO es lo que queremos todos. Esto implica un cumplimiento estricto de los derechos humanos, de nuestra Constitución, que está asentada en ellos, no puede dejar de estarlo, y el Principio de Presunción de Inocencia es básico. Sólo disiento en una cuestión, esto si es cuestión de ideologías, es cuestión de la ideología fascista, totalitaria, desde la que se viene a legislar en este país.
Talisman, no, Nuria no ejerce en Marte sino en un lugar donde se vienen a constatar prácticas, hasta puedo afirmar que con cierta especial incidencia y crudeza, que no son ajenas al resto del territorio español. Lea y relea lo expuesto hasta ahora, por supuesto que todos, incluida Nuria, hemos visto esos SS.PP. que usted menciona, ese es el problema precisamente, y por ello no se puede actuar contra las denuncias falsas. Lea, asimile, y luego sustente con conocimiento de causa.
Ánimo a todos, campeones, y salud para pelearla, ni un paso atrás, por el estado de derecho que todos y todas nos merecemos.
Raquel1, pues sí, así es. Hay que tener en cuenta los artículos 456 y 457 de nuestro Código Penal que recogen el delito de denuncia falsa y simulación de delito. Pero fíjese en el 456.2 CP, aquí está la “mañosería”:
“456.2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.”
¿Cómo se lavan las manos los tribunales? Muy sencillo, el viejo truco del almendruco, dictando AUTO de sobreseimiento provisional, es decir, cerrando la puerta a la posibilidad de ejercer acciones legales por denuncia falsa. Si fuera sentencia o auto firme el denunciado podría proceder a ejercer acciones inmediatas contra el denunciante por denuncia falsa. Como el auto de sobreseimiento provisional es lo que abunda y sólo devendrá firme, por imperativo legal, tras pasar 5 años, durante los cuales es provisional, habrá que esperar ese tiempo para poder actuar, y en ese tiempo puede pasar cualquier cosa, sobre todo cuando el padre se ve sometido a un proceso degenerativo, inducido sin lugar a dudas, que en la mayoría de los casos lo deja hecho una M, le puedo presentar a un montón. No se puede esperar, en caso de producirse esa sentencia o auto firme, que se deduzca testimonio, por tanto, se actúe de oficio contra el denunciante que ha denunciado en falso. Las cada vez mayores, aunque anecdóticas, al día de hoy, deducciones de testimonio y actuaciones de oficio, tras sentencia o auto firme, se dan básicamente, tras la conjunción planetaria que supone, Juez, Fiscal y caso de los de los de dar grima, los de burrada de enmarcar, que no debieron ni pasar la primera instancia o, mejor dicho, debió ser desestimada la denuncia en el acto, muerto el perro se acabó la rabia. Todo ello a bote pronto, pues Nuria explica magistralmente otros pormenores, el forense de turno, los psicosociales, los testigos de la denunciante, desde su amol cubano, hasta la abuela, prima, tíos, sobrinos, menos mal que no dejan entrar en sala al caniche de la denunciante, que pegado a la pernera de tu pantalón ejecutaría movimientos obscenos reveladores de lo que te espera. ¡Benditos animales! ¡Hasta saben predecir el terremoto que se avecina! Y ello sin entrar en profundidades como la inconstitucionalidad de las leyes y de los tribunales que te están juzgando, la presunción de inocencia, la carga de la prueba, el derecho al habeas corpus, el derecho a un juez natural, el beneficio de la duda, y tantas y tantas cuestiones que en el derecho clásico de un estado de derecho son sagradas y base del mismo. Violadas estas no hay tal estado de derecho. Todo es un circo de 7 pistas y todo se reduce a actividades del ramo, esto es, las puramente circenses. Aros de fuego, metidas de cabeza en la fauces del león, triples saltos mortales con escritos al Decanato incluidos, Blancanieves y los siete enanos prevaricadores, y la mona Cheetah se queda con la choza de Tarzán, no todas tienen la categoría de Jane, sufrida segunda esposa donde las hubo.
Raquel1, así está el patio, entre lo que ha vivido usted, los comentarios y experiencia de Nuria, comentarios y experiencia de una persona que es profesional del derecho y sabe de que va la vaina y tiene que bregar a diario con ella, persona que por pura profesionalidad, me consta, no es de las que le rezan al trasero de Mahoma, los comentarios y experiencia de muchas personas en este foro y los míos, le diré que algo rarito si soy, mi primera palabra no fue Mama, tarde un poco en hablar, mi primera palabra fue otra que empieza con M, me temo que a tan tiernas edades ya intuía por donde iban los tiros en el país donde me nacieron, le darán una idea y confirmarán muchas de las apreciaciones a las que llegó usted por cuenta propia o sospechaba.
Por cierto, Nuria, no conociéndola personalmente, si alguna vez voy a presenciar un juicio en los Tribunales de la ciudad donde ejerce, no me cabe la menor duda de que la reconoceré en el acto, la
Estoy que lo flipo.
Los Forenses no conocen su trabajo y por lo visto los jueces tampoco, vaya, vaya...
Nuria M.G. debe estar usted ejerciendo, donde mas tasa de incompetentes existen, porque al parecer Usted no visto jamás un SP (Sobreseimiento Provisional) de presuntas denuncias de maltrato.
Ya está bien de desacreditar, que se cometen fallos, naturalmente, los abogados los primeros, pero que toooodoooos sean unossss incompetentes y que haya tanta denuncia falsa que cuelaaaa, pues NO, va a ser que NO.
Salut
Ignacio, yo es que no lo veo como una cuestión de genero, sino que lo veo como un asunto de malas personas que usan y se aprovechan de la ley ilícitamente, más allá de que la ley sea justa o no lo sea.
Yo conozco el caso de dos mujeres que han sido denunciadas falsamente. En un caso su ex la acusó nada menos que de abuso sexual, al final demostró toda la falsedad, pero claro de momento se tiró meses sin poder estar con sus hijos. En el otro caso, el individuo no denunció a la madre de su hija sino a la pareja de esta de malos tratos a su hija. Al final se descubrió la mentira, pero claro ¿Existe reparo moral para estas barbaridades?. No existe. Igual que estoy segura que tu tampoco encuentras reparo moral para esto.
Se trata de malas personas, no de genero.
Por otra parte a mi me da pavor ese radicalismo existente de genero. Me consta que existe una plataforma radical que niega el sap, a mi me encantaría poder hablar con alguna y enseñarle la experiencia de otras mujeres. Nos niegan la existencia, así de sencillo. En el caso de los hombres es el todosss son unos maltratadores, y en el caso de personas como yo, sencillamente no existimos, les rompemos el esquema. Por otra parte, yo también veo a hombres muy radicales.
Lo que es gravísimo es que existan jueces y fiscales que sepan y no indaguen y digan.
Raquel1, por mi experiencia personal el Juez puede saber perfectamente cuando es una denuncia falsa. Si tienen la obligacion moral de declarar los hijos, que en mi caso eran mayores de edad y universitarios contra su madre, indicando que el texto presentado es totalmente falso, que la culpable de los malos tratos era yo, y que estaba siendo sometido a um trato vejatorio y humillante. Y esta abogada con la firma de mi ex esposa de acusa de tirano, dogmatico, mal padre, acosador, maltratador psiquico y fisico, y edemas de la declaracion de mis hijos, aporto pruebas medicas del estado en que estaba, cartas acusadoras, fotos,...creo que se puede considerar denuncia falsa. Lo que ocurre es que en la sentencia judiucial no hace referencia en abosulou a estos echos. Sólo dice la pensión que la madre debe pagar a los hijos hasta que sean independientes económicamente y que el uso del piso familiar sria para mi, mientras yo fuese el mas necesitado de protecíón. Por tanto en las estadisticas no consta denuncia falsa.
Todos los datos se los envie el Defensor del Pueblo, y esta institución me contestó que no puede decir nada sobre decisiones judiciales, pero no tengo duda que en esta institucuión estaria considerada como denuncia falsa puesta por una mujer maltratadora.
Loq ue realmente ocurre es que los Jueces no quieren complicaciones y mas si la denuncia parte de una de las abogadas feministas mas influyentes y radicales del pais, que aparece constantemente demandando a jueces, acudiendo a programas de TV. .