Lo que pone en el contrato es que ambas partes podemos vender los inmuebles sin tener que contar con el consentimiento de la otra.
Esos inmuebles los teniamos en copropiedad y yo no queria que venda mi porcentaje, dicha frase la firme porque la di permiso para vender el suyo o yo el mio.
Ahora no compartimos en copropiedad nada, en la extincion de condominio pone que ambas partes renuncian a cualquier derecho o ccion que les pudiese corresponder sobre la comunidad extinta, esto quiere decir que empezamos desde cero cada una con lo nuestro, o ese "mandato" que la di pudiera seguir vigente?
Pregunto porque me han dicho que esa frase se entiende es cada una lo suyo y que con la extincion de condominio ya ni vale, pero yo sigo con la duda.
Muchas gracias, un saludo.
1º).- Vd. puede vender. No es necesaria la previa revocación del "mandato".
2º).- El tipo de mandato que se han otorgado mutuamente, si es tal como lo cuenta, es revocable.
Hola. Mi duda es si un contrato de mandato firmado por ambas partes es revocable sin necesidad de la firma de la otra parte, osea se puede revocar unilateralmente?
Y si en ese contrato de mandato yo autorizo a la otra parte a vender mi propiedad y a su vez la otra parte me autoriza a mi a vender la suya, si yo ya no quiero vender la mia puedo igualmente revocar unilateralmente ese mandato o autorizacion que yo le di para que ya no pueda vendermelo?
Podria yo vender mi propiedad mientras la otra parte tenga la autorizacion de vendermelo?
Gracias.