Comparto el criterio de que NO HAY FORMA de obtener un certificado de últimas voluntades antes de los 15 días siguientes a la muerte de una persona, SALVO que lo pida el propio interesado. Eso es lo que dice la normativa notarial de aplicación. Sí, ya sé que la persona tiene alzheimer por lo que no podrá pedirse, salvo que los funcionarios encargados de la Gerencia Territorial del Registro (que no son Notarios) puedan no asegurarse de la capacidad del otorgante. Lo normal es que no pueda obtenerse así el certificado.
Sobre lo del ULTIMO TESTAMENTO, yo tengo la práctica de pedir dos certificados de últimas voluntades , uno cuando se me encomienda el asunto (y la muerte es relativamente reciente, dos, tres meses) y otro al cabo de esos dos o tres meses. Ya me ha pasado más de una vez que el testador había otorgado su último testamento pocos días antes de morir, el Notario no había cumplido con el plazo para comunicarlo a su Colegio y, por tanto, en el certificado "de la impaciencia" (el que los posibles herederos sacan al día hábil 16 después de la muerte, primer día en que puede obtenerse), no aparecería ese último testamento. Digo esto porque un ULTIMO TESTAMENTO que no contenga cláusula derogatoria de todos los anteriores no será realmente el último, pues podremos pedir copia , al meos, del penúltimo, para ver si es aplicable en aquello que no resulte incompatible con el de fecha más pŕoxima a la muerte.
En cuanto a lo de manipular al enfermo para llevarlo al Notario a hacer otro testamento, SI EXISTE ESA SOSPECHA será muy importante ya desde ahora ir acopiando documentación médica que contenga datos relevantes sobre la salud mental del testador para que cuando el óbito suceda estar en condiciones de pedir dos cosas: la nulidad del testamento por falta de consentimiento, de un lado, y la declaración de indignidad para suceder respecto al espabilado que forzó, indujo o engañó al testador para que cambiara dicho testamento.