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Tubo de humos

33 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 33 comentarios
12/02/2008 21:41
ok
perfil TN
12/02/2008 12:11
Pero el espacio necesario es un elemento común (si fuera privativo evidentemente no), y teniendo en cuanto la claúsula (el tubo se supone que es necesario para la actividad) no veo impedimento.

Otra cosa es que acreditan las molestias.

Evidentemente el juez, sobre todo en primera instancia, puede salir por mil sitios.
12/02/2008 09:45
Si bien admito que el asunto es interpretable, estoy en desacuerdo con TN. No interpreto la cláusula estatutaria del mismo modo que él. En realidad dicha cláusula no permite expresamente la instalación inconsentida de salidas de humos y creo que se podría impedir por parte de la comunidad su instalación y es que una cosa es realizar obras de adecuación en un elemento privativo que incluyan aperturas de huecos y otra bien distinta es invadir y usar de forma exclusiva, excluyente, gratuita y a perpetuidad elementos comunes, sin perjuicio de las molestias que pudieran ocasionar a terceros y que no entro a valorar, pero que sería conveniente fueran acreditadas.
11/02/2008 21:22
los animos se han calmado
08/02/2008 21:16
En definitiva todos habeis expresado vuestras opiniones TN, bricman, irua, curiosa , esto llevado a la realidad a que nos conduce. Pues los tubos siguen en el tejado. Hoy escuche en un programa de radio q hablaba de comunidades, y salio este caso precisamente. Alli comentaron que sin la unanimidad de todos los vecinos no sae podian sacar.
Y que ocurre si en los estatutos o escritura dice q se debe facilitar tal servicio al bajo, aunque este en concreto sean dos unidos. Que nada tienen q ver una comunidad con la otra.
Es muy común q los elementos comunes el listo de turno se los quede, y luego ya nadie lo puede hacer irse.
pais de picaros al fin y al cabo
08/02/2008 15:00
menos mal que alguien ya menciona unanimidad... si por ley o por perejiles un copropietario mete un tubo de humos en patio de luces, yo debo meter otro que sea de perfumes... o lindeza equivalente..., los elementos comunes no están para que los listos se los apropien..., las obras oportunas... no pueden legitimar que me quede con lo ajeno...
perfil TN
08/02/2008 09:08
Lembe39, esta muy bien la sentencia, lástima que no sería del todo aplicable al caso hay un matiz muy importante que falta:

-En el caso actual los estatutos indican "los bajos podrán hacer las obras oportunas para realizar su actividad"

Si no estuviera esa claúsula, claro que no podría poner el tubo sin el consentimiento (que es lo que indica esa sentencia) pero es que con esa cláusula en los estatutos, y aceptada por los propietarios al comprar, ya tienen el consentimiento.

Lembe, las sentencias hay que compararlas con todos sus matices, una pequeña diferencia cambia el sentido.
07/02/2008 19:43
PRIMERO.-En la demanda que dio lugar a esos autos, Don Rosendo, solicitó se condenara a la Comunidad de Propietarios del edificio sito en el Polígono DIRECCION000 , de Cáceres, a que le permitiera elevar el tubo de salida de humos que parte de su local comercial y discurre por una de las paredes de un patio interior del edificio al ser ello un requisito administrativo para poder ejercitar la actividad de churrería a que lo tenía destinado. Además solicitaba que le fuera devuelta esa parte del tubo que fue quitado por la propia Comunidad y que igualmente se condenase a la misma, junto con la otra codemandada, a la que compró el local, INIEXA (recurrente ahora en casación ), a indemnizar los daños y perjuicios derivados de la imposibilidad de no haber podido utilizar su local comercial y accesorios desde hacía muchos meses, encontrándose precintado desde el día 10 de septiembre de 1.998.La demanda se formula sobre la base de que el actor era copropietario de todos los elementos comunes del edificio y que por tanto podía hacer uso de ellos, a pesar de la oposición de la comunidad, ejercitando la acción prevista en el artículo 3 de la Ley de Propiedad Horizontal , en relación con el artículo 348 del Código Civil , entendiendo que la adición o elevación del tubo ordenada por la Autoridad Local no constituye ninguna alteración de la estructura, ni tal instalación está prohibida por el artículo 7 de la Ley . La sentencia de la Audiencia declara probado que la chimenea extractora de humos desde el local hasta el tejado del edificio fue construida antes de entregar los pisos a los adquirientes; que ello se hizo en los últimos días de finalización de esa obra; que su ubicación se llevó a cabo por la empresa que había realizado toda la obra y que actuó como subcontratista de la codemandada INIEXA. Declara también que ni en la escritura de constitución de la Comunidad ni en los Estatutos se observa norma que prohíba la utilización del local para churrería al referirse la prohibición del artículo 9 f) de los estatutos únicamente a los rótulos luminosos, lo que no es trasladable a la posibilidad o no de apertura de una churrería, pero que la posibilidad de elevar esa chimenea o tubo fue denegada por la Comunidad de Propietarios en una reunión celebrada el día 13 de noviembre de 1.995, así como en otra posterior de fecha 13 de junio de 1.997, sin que ninguno de los acuerdos fuera recurrido, pese haberse notificado notarialmente al interesado. La sentencia, además, ordena la devolución del trozo de chimenea propiedad del actor que fue quitado por la Comunidad de Propietarios, y condena a INIEXA porque si "hubiera cumplido lo estipulado en el contrato firmado de 8 de febrero de 1.994 esto es, elevar el tubo un metro por encima de la cubierta no se encontraría el actor con el problema irresoluble que hoy se le presenta, incumplió lo pactado y ello le ha impedido al actor el normal desarrollo de su proyecto y para lo que adquirió el local, y por ese motivo conforme a lo preceptuado en los artículos 1124 del C. Civil debe pechar con los daños y perjuicios ocasionados a esa parte que cumplió con sus obligaciones pagando el precio convenido".
TN. prometo no ponerme sentimental, pero prometeme tu no generalizar en nombre de la ley, los juicios unos se ganan y otros se pierden.
07/02/2008 13:57
Hola TN.

Si quitarte la razón pero no por ello dándotela, decir como ya he manifestado que hay polémica al respecto sobre todo en cláusula que admiten expresamente la salida de humos. Viendo la cantidad de sentencias que hay son mayoría las que exigen la unanimidad, a pesar de la cláusula. Por otro lado, decirte que la cláusula establecida en el título es muy genérica no contemplándose expresamente la colocación de chimenea y el hecho de que diga la cláusula que podrá hacer cuantas obras necesite para instalar el negocio no autoriza a que determinadas obras necesiten del consentimiento de la comunidad. Si esa cláusula contemplara expresamente la colocación de chimeneas posiblemente te hubiese dado la razón pero no es así, dejando a los propietarios de los locales un amplio margen para que hagan lo que les venga en gana. Yo particularmente creo que podría prosperar la acción para impedir y quitar la chimenea.





perfil TN
07/02/2008 11:27
Vamos a ver, Iura, si el tubo es necesario para adaptar el local a la actividad, entra dentro del concepto "obras necesarias para adecuar...", otra cosa sería que no fuera necesario o hubiera otra forma de ponerlo, pero no parece ser el caso.

Por tanto, en este caso, no requeriría el consentimiento porque ya lo tendrían vía título constitutivo o estatutos.

" la previsión del título constitutivo por la que se establece la facultad o derecho del propietario del local de realizar esa instalación es contraria a las disposiciones de ius cogens contenidas en la L.P.H. (artículos 5 y 6)"

Contraria por qué? el título permite este tipo de claúsulas siempre que no estén prohibidas por la ley y este no es el caso.

Si te fijas en las sentencias que has puesto, los casos no son exactamente iguales.
07/02/2008 09:57
Para comenzar decir que en la cláusula que autoriza al local a realizar las obras necesarias para adecuar el local a su actividad, no se contempla expresamente la salida de humos.

La colocación de una chimenea o una salida de humos, constituye una alteración de los elementos comunes que requiere autorización unánime de la comunidad de propietarios.

Dicha instalación comporta una alteración de la configuración o estado exterior del edificio, y tales obras que afectan a un elemento común necesitan de la aprobación por unanimidad de los miembros de la Comunidad ( artículos 5, 12 y 17 de la L.P.H .), y por otra parte la previsión del título constitutivo por la que se establece la facultad o derecho del propietario del local de realizar esa instalación es contraria a las disposiciones de ius cogens contenidas en la L.P.H. (artículos 5 y 6).

Es cierto que el tema es controvertido, para el supuesto de que los estatutos admitieran este tipo de obras sin necesidad de aprobación unánime de la Junta de Propietarios. Pero la doctrina Jurisprudencial mayoritaria considera que aunque los estatutos admitieran ese tipo de obras sin aprobación de la Junta de Propietarios, serán inaplicables y nulos en este punto porque rebasan las facultades del estatuto y por violar una norma de orden público (ius cogens) ( artículos 5, 7, y 17 de la L.P.H . Sentencias del T.S. de 31 de Enero de 1987, 23 de Mayo de 1984, 03 de Mayo de 1989, 19 de Julio de 1993 y 28 de Enero de 1994, entre otras ), pues la instalación de chimeneas aunque sea en los patios interiores del edificio alteran la configuración y estado exterior del inmueble (Sentencias TS de 15 de Abril de 1978, 30 de Julio de 1991, 26 de Marzo de 1990, 10 de Abril de 1995, entre otras).

Si se inicia una acción judicial contra el propietario del local para retirar la chimenea tendrías todas las de ganar.

PD: Dejaros de jaulas y de pajaritos y de otras tonterías que lo único que hacéis es confundir al personal. Cuando se trate de temas de derecho hablar y escribir con conocimiento de causa. Y si se trata de temas sentimentales por ahí hay otros foros muy buenos que cuentan chismes muy interesantes



07/02/2008 02:16
¿existe la propiedad privada? ¿existe la libertad de expresion? porq veo que aqui el que no opina como tu, hace demagogia, esta pa allá , no da una, o molesta al projimo...pais.pais.
Claro que existe la propiedad privada y tambien existen elementos comunes, que son de todos y cada uno de los propietarios, incluso de los que tienen bajos comerciales, que para eso pagan la cuota como los demas y su mantenimiento, por lo tanto algun derecho tendremos.Nuestros derechos empiezan cuando terminan los vuestros. Que yo veo a los vecinos instalar aire acondicionado en las fachadas, toldos, antenas parabolicas, cierran las balcones para hacer bonitas galerias, aparcan los coches en los terrenos de la comunidad, etc.etc.etc y todo ello alterando los elementos comunes.pais pais.
dices que saco cosas que no vienen al caso, y los temas tuyos si, los niños que no duermen los ancianitos que tampoco pueden dormir, negocios inlegales su construccion tambien, no sera que la que estas pa allá eres tu?
por ultimo, decirte que es lembe39,
(a la ) sobra, que por un momento pense que habias metido los caballos en casa y el post me lo habia escrito uno de ellos.
06/02/2008 21:44
bricman me parece que los derechos de las personas no existen en casi ningun caso, el mas fuerte, o el que mejor paga al ayuntamiento es el que se lleva el gato al agua.
la propiedad por supuesto no existe. pais pais.
En cuanto a la lembe39, lembe, lembe no tienes nada que hacer conmigo, yo opino lo que quiero y soy libre. Te queda claro. Tu a todo el mundo llamas mala gente, tendriamos que ver en tu comunidad que opinión les mereces. Sacas temas que no vienen a mi caso, pedofilos, clinicas , vamos estas chica pasada de revoluciones.
Y sigo en lo mio. Los TUBOS MOLESTAN , A MI ME MOLESTAN , y los ruidos estan tratando de solucionarlos, la empresa chapuzera que lo realizó , por lo visto no lo hizo bien, serán malas personas ...............
Dejate de demagogia barata y trata de no molestar al projimo.
Fijate estoy pensando en traerme a casa dos caballos. Digo yo que nadie dira nada.
06/02/2008 14:42
se me olvidó decir que también tengo derecho a traer hasta mi piso aire puro desde la azotea por hermoso tubo en el patio de luces..., igualmente colgaré mi bicicleta en el rellano..., mis perros pasearán por el tejado..., ah! también necesito espacio en el tejado para recibir instrucciones de Mi Dios... ya digo, el que más pueda, capaor... país
06/02/2008 01:44
uufff,me dejais mas tranquila sabiendo que no sois la misma persona, ya me estaba empezando a preocupar.
Curiosa,esta claro que cuando digo de cerrar los negocios de hosteleria y ponernos a buscar trabajo es porq tengo uno, claro,por eso lo defiendo tanto y porq que sois muy dada a solucionar problemas y no a causarlos, intento que nadie salga perjudicado en nada, si para que los vecinos vivan mas felices yo me tengo que ir a pedir limosnas, menuda solución. ¿no crees tu?
Yo problemas de tubos no he tenido, pero he sufrido lo mio, y es curioso que solo se quejan 4 vecinos, los mismos de siempre, los demas vecinos sera que ni oyen, ni ven, ni nada? porq ellos no sufren los mismos problemas, viviendo en el mimo edificio, un tanto sospechoso. yo estoy tranquila porq he pasado todas las inspecciones tecnicas habidas y por haber, pero mas de uno seria feliiz si me lo cerraran. y eso es tener mala leche,¿o no? yo no conozco tu caso, pero lo he leido yme a dado la sensación de que te has puesto la tirita antes que la herida, aún no han puesto el tubo de humos y ya quieres quitarlo, como dice operativo, si hace ruido pide que le sujeten mejor y veras que bien duermes, que no es tan grave mujer,si fuera asi media españa no dormiria por las nooches.porq dinero no habra, pero negocios de hosteleria y peluquerias hay a patadas.
Juli juli juli. no se que hacer contigo, si ponerte en la lista negra o en casos perdidos, porq vamos lo tuyo tienes merito.no sabes como llevar el tema a tu terreno, cuando hablamos de negocios esta claro que hablamos de negocios legales, para inlegales ya tenemos a los malayos (arias cachuli) clinicas clandestinas, pedofilos,narcotraficantes, burbuja inmobiliaria, politicos corruptos y ya puestos, el jamonero de trevelez (que devuelba los jamones el jodio) en ningun caso los negocios de hosteleria son inlegales y el que lo sea que lo cierren.pero no dramatices tanto mujer,que si hay alguno inlegal es porq el alcalde lo consiente.
05/02/2008 23:21
Hola. el ruido de esos tubos es porque con las prisas y la falta de acceso al patio interior el tubo vertical esta poco sujeto a la pared y la fuerza del aire que provoca el extractor lo mueve y al estar semi suelto golpea la pared y hace ruido, si consentiis que lo sujeten mas se evitara dicho ruido, en cuanto a señora del primero si ponen un buen aislate termico poco ruido tendra.
05/02/2008 21:24
Hola Curiosa estoy convencida q en este mundo q nos ha tocado la gente estan algunos muy alla. Asi que tu y yo somos la misma persona, y es raro, primero eso ya esta muy visto, a no ser q seas el padre del iglesias Lembe39. No tengo el placer de conocer a Curiosa aunque comparta algunas de sus opiniones. Te ha quedado claro, y fijo que hasta vivimos en ciudades distintas.
En cuanto al tema de la hosteleria, decirte que a mi no me molestan los lugares que estan en regla, en la actualidad en mi ciudad existen 3 grandes restaurantes CERRADOS a causa de los tubitos estos de que hablamos.
Seguro que todas esas personas que viven en esas comunidades son de malas, malisimas, segun tu criterio.
En mi caso ahora hablo de LOS TUBOS QUE HACEN RUIDO Y CAEN CUANDO HACE VIENTO. (con llamadas a bomberos, roturas de tejas, etc). Anteriormete no habia ....... quien durmiera en casa debido al ruido de musica que emitia el local, lo habian abierto sin licencias, su construcción igual. Y hablas de que somos malas personas.
Que se vayan ellos a poligonos y que pongan la música como les de la real gana. Sabes los niños tienen que dormir para ir al colegio, los ancianos descansar, y en general todos necesitamos tranquilidad. Hemos pagado altisimos precios por metro de piso, para que vengan cuatro impresentables que viven de la noche, a jodernos la vida.
Borracheras, ruidos en la calle, meadas en portales, aqui todo vale.
España es diferente por que no copiamos del resto de Europa, ahi lo tienen mas duro.
Y Lembe39 no das una.

Curiosa saludos y suerte.
perfil TN
05/02/2008 17:05
Viendo los estatutos, sigue pensando que es complicado que podáis impedirlo, deberíais demostrar un perjuicio muy grave y alegar ruido del tubo no creo que sea suficiente.

Si obtienen licencia del Ayuntamiento, que aún siendo una actividad privada la necesitarán y cumplen la normativa que les impongan (la cual incluye la de ruidos), es complicado.
05/02/2008 16:55
Para tn, textual: los propietarios de los locales podran hacer en dichos locales comerciales cualquiera obra de instalación para adecuarlos al uso al que se destinen, entre ellas, la de abrir y cerrar huecos, dotarles de servicios, comunicarlos con otros y en gral todas aquellas que sin menoscabo de la comunidad redunde en su beneficio. Asimismo podrán efectuar entronques para tomas de agua fria de la acometida gral y desagües a conductos grales a través de los elementos comunes o privativos. Espero que con esta información sea suficiente para que me asesores. Gracias.

Bricman, de acuerdo contigo, que todas las lonjas de mi manzana nos hagan poner tubitos en el interior de un micro-patio de luces y zona de dormitorios donde ya hay tendederos sin permiso y mañana voy a poner yo una mesa con 6 sillitas y la sombrilla y hago que estoy en la casa de la pradera....¿todo el campo es oregano???

Lembe39, juli y yo no somos la misma persona con trastorno bipolar, muy agudo, simplemente somos dos personas con problematica similar y de parecido caracter y opinión. Todos los que estan a favor de algo común son bipolares???. Y se te ve el "plumero" que tu o alguien cercano habeis tenido o teneis bar ya que sino no lo defenderias tanto. Me quejo del tubo de humo porque es el "puente" para los futuros y seguros ruidos,molestias, denunicas y puteo que ya lo sabemos por un vecino que padece un bar debajo de él. Y las denuncias,se las "fuman" los munipas.

Lo que pretenden montar en el bajo mio no es un negocio de hosteleria sino un lugar de reunión de colegas, unos 100, en 40m2, ver los partidos de futbol, hacer cenas,comidas, navidades, borracheras, etc. Es un txoko (aquí en euskadi, se dice así) sociedad gastronomica privada, sin animo de lucro. No venden nada, vamos. Así que si para que ellos se lo pasen en grande yo me tengo que jo....en que pais vivimos. Y no me voy del piso porque yo llegué primero, porque tengo mis derechos y, sobre todo, porque es una v.p.o. Y no me puedo ir con 18.000.000 ptas que me dan a ningun sitio a no ser que me alojes tu en tu casa ¿que opinas??
04/02/2008 14:54
ciertamente tenemos derecho a desahogar los gases de nuestra chimenea ( u otros...), nuestros ruidos, igualmente a acopiar agua de lluvia para aprovecharla ( u otras materias...), a paneles solares, tendederos, jaulas con periquitos, perros... pasen y vean... y todo todo en el hueco del patio, en la azotea, portal, escalera.., que para eso están, son muy grandes y por qué desaprovecharlos... genial, me apunto a poner el mundo a mis pies... el que más pueda, capaor, el que venga detrás que apriete....... paísssss