Buenas tardes. Tengo que loiquidar una herencia, y me encuentro en el testamento lo siguiente: lega a su esposa el tercio de libra disposiciónh y su cuota legal usufructuaria, y nombre herederos universales a sus cuatro hijos, pero a una de ellas le lega, MIENTRAS PERMANEZCA SOLTERA, el derecho de habitación sobre la vivienda familiar. Para la valoración de dicho legado, la normativa señala que ha de tomarse el 75% del valor del bien, y al resultado, plaicarle las normas para la valoración del usufructo, pero: CÓMO PUEDO VALORAR UN LEGADO CON UN PLAZO DE DURACIÓN INDETERMINADO, " MIENTRAS QUE ESTÉ SOLTERA"? Qué plazo debo tomar?
A ver si a alguien se le ha dado un caso similar.....
Gracias!!!!