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tributación en opción de compra en contrato de alquiler con opción a compra

9 Comentarios
 
Tributación en opción de compra en contrato de alquiler con opción a compra
29/05/2013 21:07
Hola necesito ayuda, necesito saber que se tributaría en la ejecución de una opción de compra en un contrato de alquiler con opción de compra, desde el punto de vista del comprador y del vendedor, los dato son estos:

Prima: 30000 euros
precio de compra: 450000
precio de venta 530000
Alquiler: 1200/mes

Se que ando un poco perdido pero necesito que me echéis una mano, y saber los impuestos que habría que liquidar desde el punto de vista de cada uno de ellos,gracias
29/05/2013 21:13
La prima fué entregada en la formalización del contrato, ahora estamos en el punto de que se va formalizar el contrato de compra
29/05/2013 21:32
Lo que quiero indicar con el precio de compra/venta es que el vendedor va a vender a 450000 cuando el precio de venta sería de 530000 por lo tanto teniendo una pérdida
29/05/2013 21:50
Pero ¿qué se vende, una furgoneta, una vivienda, un ordenador, una fresadora, ...?
29/05/2013 21:52
También sería conveniente que explicaras qué es esa "prima". O sea por qué concepto se satisface y qué se obtiene a cambio.
29/05/2013 21:57
Es un piso, y la prima es en concepto de ruptura de la opción de compra se retendría como penalización
30/05/2013 07:34
me gustaría saber que impuestos tiene que pagar el comprador y cuales el vendedeor (iva, irpf, itp, ajd...)
30/05/2013 10:30
¿Quieres decir que el inquilino se compromete desde el principio a ejercer la opción de compra y, en caso de incumplimiento, el arrendador se queda con la "prima" o sea no la retiene sino que pasa a ser suya?
30/05/2013 12:48
si, eso es. Tengo bastante dudas en cuanto, no se como tributan esos 30000 euros. además de la perdida patrimonial que tiene el vendedor ya que vende a 450000 lo que le costó 530000
30/05/2013 21:16
Bueno, creo que habría que ver el contrato para averiguar la verdadera naturaleza de esos 30.000. A falta de más datos, yo me inclino a creer que es un anticipo del precio de venta.
En tal caso, el vendedor si compró por 530.000 y vende por 480.000 tiene una pérdida patrimonial a incluir en su declaración de IRPF. Pero en todo caso tendrá que pagar la plusvalía municipal.
El comprador tendrá que pagar el I. de Transmisiones (porque supongo que no es una primera entrega que tribute por IVA), aparte de los gastos usuales de notario, Registro, etc.