Estimados foreros,
Necesito ayuda en relación a un tema de tributación de un local comercial adjudicado por herencia a tres personas.
Antecedentes;
Fallecimiento del cónyuge y posterior declaración de herederos con el siguiente resultado:
Local comercial ( bar) que heredan su viuda en 50% bienes gananciales y 1/3 en usufructo. Sus dos hijos se reparten el 50% restante, en un 33,33% (16,66% cada uno) en plena propiedad y en un 16,66%(8,33% cada uno) en nuda propiedad.
El local comercial estaba arrendado y se subroga a nombre la viuda (establecido en el contrato de arrendamiento). Las declaraciones del impuesto del valor añadido y los ingresos derivados de la renta han sido declarados y cobrados en su totalidad por la viuda, con la conformidad de los hijos.
La declaración tributaria de dichos ingresos en el I.R.P.F. se ha venido realizando por la totalidad por parte de la viudad, como si disfrutara de la totalidad del usufructo.
La pregunta es, si existe errores en la declaración del IRPF de los tres contribuyentes (2 hijos y viuda), dos por omisión (aunque las rentas son ingresos de la viuda) y uno por exceso.
Y si es afirmativo el error, qué tramites serían necesarios para regularizar la situación.