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Tribunal de lo social . juicio incapacidad permanente .

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16/12/2014 23:01
Hola Ipeté:

Gracias por rectificar lo de que si la Incapacidad Permanente es por accidente laboral, a la mutua le toca pagar. Pero es que mi respuesta no era en general para todo el mundo, le estaba contestando a Vipo80 y ya él había confirmado que su incapacidad permanente es por una Enfermedad Común, por eso he dicho que a las empresas y a las mutuas le ha tocado la loteria si te conceden la incapacidad permanente (solo que no dije si era por Enfermedad Común), en fin no viene mal tu aclaración para otros que lean aquí, y le hayan concedido una Incapacidad Permanente por Accidente Laboral, así saben cuales son sus derechos, porque las mutuas son nº 1 querer esquivar sus obligaciones e intentar pagarte menos de lo que te pertenece e incluso querer darte de alta aunque estés enfermo.

Y sobre las mutuas de accidentes decirte que casi siempre, intentan demostrar lo indemostrable, para que no sea un accidente laboral.

En cuanto a esto que dices:

decirte también que si durante el trabajo del accidentado se demuestra de que ha habido alguna falta en medidas de seguridad de prevención de riesgos laborales,de salud e higiene del trabajador ó hasta del convenio colectivo del sector (que sucede en una gran mayoría de los casos por una cosa o por otra)pués puede ser que le concedan al accidentado un recargo de prestaciones de hasta un 50% de más en su pensión

Uff eso de que te paguen un 50% mas de pensión, por no cumplir la empresa las normas de seguridad, prevención de riesgos , etc, esoo si que es muy difícil ganarlo, primero porque la empresa siempre lo va a negar, nadie de tus compañeros va a querer ir a un juicio para ser testigo, vamos que como ya te digo, las mutuas van a demostrar lo indemostrable y en este casó siempre dirá que tu fuiste el culpable en tener el accidente por no hacer tu trabajo con seguridad, vamos que te hechan la culpa para no pagarte ese 50 % y te repito, la mutua intentará por cualquier medio que no sea un accidente laboral, intentará y buscará en tus historiales médicos para decir que eso es algo antiguo, etc,etc, para que sea Enfermedad Común. Menudas son las Mutuas de accidentes, jejeje.
16/12/2014 23:32
Ipeté, como te darás cuenta en mi anterior escrito, se ve que no confío en nada en las mutuas y es que he tenido muy malas experiencias con ellas, aunque no siempre se han salido con la suya, jajaja.

Un ejemplo, ¿alguien sabe que cuando estás de baja por incapacidad temporal, la mutua te tiene que pagar todos los desplazamientos , kilometraje, taxi, etc, por cada vez que ellos te citen? casi seguro que un porcentaje muy alto no lo sabe. A mi me citaron multitud de veces, no sé para que? si mi enfermedad es crónica, y para colmo el médico que me atendía era traumatólogo, que sabrá un trauma de enfermedades ? no es por nada, pero no tiene sentido que alguien que tiene una enfermedad crónica incurable, te citen cada 15 días y mas sabiendo que en mi caso, yo estaba bastante mal como para viajar y aún así me citaban solo para verme la cara, para nada mas, en fin.... yo le pedí hasta el último céntimo de todos los viajes que hice a la mutua y me costó pero me lo pagaron, hasta les tuve que demostrar que lo dice una ley, que no me lo había inventado y le dí una fotocopia de dicha ley, jajaja, me río porque las mutuas se creen que pueden hacer lo que les de la gana, aunque el PP ahora con la nueva reforma les ha dado mas poder, para dar de alta a los enfermos, vayaaa país en el que vivimos.

Por cierto Ipeté, se me pasó felicitarte por conseguir la Incapacidad Permanente en la reclamación previa, es algo que es muy difícil de conseguir, normalmente las reclamaciones previas todas son ratificando la Resolución Inicial, es decir te deniegan siempre la incapacidad y te obligan a ir a juicio, a no ser que haya habido un error muy gordo en le Informe de Sintesis del inspector del INSS y no haya mencionado alguna enfermedad muy importante, en ese caso si te das cuenta y haces la reclamación previa y aportas los informes médicos y haces hincapié en lo que no han tenido en cuenta, pues lo mas seguro es que te concedan la Incapacidad Permanente.

De nuevo mi enhorabuena.
16/12/2014 23:40
Vipo80

Es cierto lo que dice Ipeté, si tu intención es volver a tu profesión de Bombero, tendrías en parte renunciar a la Incapacidad Permanente, vamos que si antes de 2 años sigues enfermo (por eso digo en parte renunciar) y aún así si quieres seguir de bombero, tendrias que pedir una revisión por mejoría, pero como ha dicho Ipeté, tiene que ser antes de los 2 años, porque pasado los 2 años, la empresa ya no está obligada admitirte de nuevo en tu puesto de trabajo (la ley dice hasta los 2 años) o sea 2 años y 1 día ya no tienes ese derecho.
17/12/2014 00:12
Pivo80

Antes te escribí todo esto, pero no ha salido, no sé que ha pasado, bueno te lo vuelvo a escribir.

Tu caso es algo complejo, yo me buscaría un buen asesor, ehmm, te lo digo de verdad.

Para que tengas reserva de tu puesto de trabajo durante los 2 años, si no me equivoco, En la resolución tiene que poner, PUEDE SER REVISABLE A PARTIR DEL DÍA xx xx xxx , (suele ser 2 años, pero puede ser 6 meses o 1 año) pero cuidado, puede ser revisable por parte de ellos, pero tu puedes pedir una revisión antes de los 2 años, porque si lo pide despues de los 2 años y te quitan la Incapacidad ya no tendrás derecho a incorporarte a tu puesto de trabajo. Como verás mucha gente podría caer en la trampa y pedir la revisión a los 2 años creyendo que volvería a su puesto. Como se suele decir, el que hizo la ley hizo la trampa.

¿En tu resolución pone una fecha que corresponde a los 2 años desde que te conceden la Incapacidad?

Cuando dices esto:

En definitiva y xa km entiendas mejor, a mi m concedieron la plaza d segunda actividad, anteriormente a la incapacidad (2 meses exactamente), en la cual x ese poco tiempo, realizaba unas tareas xa lo cual m incapacita en buena parte d ellas la resolución médica dl INSS.

¿quieres decir que incluso con la nueva actividad, tu crees que también estás incapacitado o es que eso lo dice en la resolución? te pongo un ejemplo para que lo entiendas:
Profesión habitual: dependiente (mozo de almacén), los dos puestos no son los mismos sin embargo , en este caso yo entiendo que no podría trabajar ni de dependiente ni de mozo de almacén.

Te doy un buen consejo y espero que me hagas caso, porque es jodido que después de aprobar una oposiciones, te pase lo que te ha pasado y ahora el ayuntamiento pretenda quitarte del medio.

Mi consejo es, que te asesores muy bien, te busque los convenios, entérate si en tu caso el ayuntamiento tiene la obligación de ponerte en un puesto de trabajo que no tenga nada que ver con bombero, (desconozco que te ha pasado realmente) pero lo mismo ponerte de telefonista por ejemplo, o de auxiliar administrativo, no sé.

Por cierto entérate también si tienes un seguro privado o incluso un seguro de la empresa que incluya una indemnización en el caso de que te concedan una Incapacidad Permanente, hay muchas empresas que están obligadas a tener estos seguros. También hay bancos que por tener una tarjeta bancaria, también te incluye un seguro por incapacidad (pero creo que es cuando tienes un accidente , pero míralo también).

pero lo mas importante, a ver si algún sindicato o abogado te puede asesorar mejor, muchas veces es mejor gastarse un poco de dinero , eso si, cuidadin con los abogados, búscate uno de confianza y lo primero que tiene que preguntarle, ¿cuanto te va a cobrar ganes o piernas y en función de que ? Y TODO POR ESCRITO.

Importante, respondeme a la pregunta que te he hecho antes, sobre si en la resolución pone que estas incapacitado para las dos profesiones (actividades) ahora, lo que no logro entender, que tiene que pensar tu empresa para decirte que van a hacer contigo, lo desconozco, pero a ver si existe algún plazo para poder reclamar tu algo. no lo sé ehmm.

hasta luego.
17/12/2014 02:54
Hola a todos
Carme2011gracias por tu enhorabuena,decirte que conozco muchos casos de Incapacitados Permanentes que están cobrando recargos de prestaciones (del bolsillo de la empresa) junto con su pensión y que también conozco muchos casos que merecen ese recargo de prestaciones y no lo tienen porque no lo han solicitado pero que si realmente existe esas faltas de medidas (que no tiene que ser solo de prevención de riesgos laborales sino que pueden ser de salud e higiene del trabajador y que puede ser por incumplimiento de los distintos convenios colectivos que existen )si existe realmente ese merecimiento de sanción a la empresa y recargo de prestación para el accidentado no sólo se demuestra con la prueba de tener un compañero de trabajo que apoye tu versión...hay muchos documentos que se generan ó que se tienen que generar día a día en los trabajos y que aunque no quieran los empresarios demuestran que merecen ser sancionados y cuando ocurre un accidente laboral tan grave como para provocar una incapacidad permanente Inspección Laboral se presenta en la empresa e investiga las posibles faltas de medidas e incumplimientos laborales por parte del empresario solicitándo y consiguiendo documentos que justifican dicha culpa ó no consiguiendolos porque la empresa no los tenga y justificando así también dicha culpa y todo eso queda constando para que cuando el accidentado sea declarado afecto de IP solo tiene que solicitar el recargo de prestaciones y esperar el tramite porque ya está todo probado sin que ningún compañero tenga que ir de testigo a ningún juicio.
Por otro lado lo que hemos hablado de la lotería...decirte que en los casos de IP por accidente laboral es como yo he dicho (que la mutua es la que tiene que pagar la pensión de Incapacidad Permanente a la seguridad social para que después la seguridad social la vaya pagando a la persona declarada con IP),pero es exactamente así también cuando es IP por enfermedad Profesional,es así en muchos casos de enfermedad común que tras meses de IT la seguridad social reconoce que la enfermedad tiene que ver con el sobreesfuerzo que tiene el trabajador en su puesto con la parte del cuerpo lesionada,es exactamente así en los accidentes in itinere que son considerados como accidentes laborales cuando vas hacia el trabajo ó volviendo del trabajo...en definitiva LAS MUTUAS VAN A HACER TODO LO POSIBLE POR QUE NO CONSIGAS UNA INCAPACIDAD PERMANENTE porque es muy probable que sea la mutua la que pague toda la vida dicha pensión y las empresas tiemblan al concederte una incapacidad permanente teniendote cómo trabajador porque es muy posible que les revisen todo de los trabajadores :maquinaria,lugar de trabajo,instalaciones,documentos de contratos,de horarios y turnos de trabajo,de vacaciones y de todo y como cada día se respeta menos a los trabajadores es muy probable y casi seguro que buscando se encuentra motivos de sobra para sancionar a la empresa culpandola del accidente ó de la enfermedad directa ó indirectamente y perteneciendole al lesionado un buen recargo de prestaciones de bolsillo de la empresa junto con su pensión de bolsillo de la mutua y solo en los casos rotundos de Enfermedad Común y de Accidente No Laboral pués sería la seguridad social la que pagaría esa pensión del bolsillo de la seguridad social mismamente.


Un saludo
17/12/2014 08:05
Buenos Dias a todos.

Carmen, has pedido ya la prueba FORENSE??

que te han dicho??

Yo fui ayer al Forense y perfecto.
17/12/2014 14:14
Hola..

En primer lugar quiero agradecer enormemente vuestras respuestas, tanto a Ipeté como a Carme2011, d verdad muchas gracias, m están sirviendo d ayuda en algunos aspectos k desconocía..

A renglón seguido quisiera seguir argumentando un poco la realidad d mi situación en base a todo lo hablado anteriormente..

Decir que en mi resolución SÍ viene fijada fecha d revisión (a los 2 años)..

Tb decir que soy consciente k mi caso s algo complejo, x ello tengo asesoramiento, manteniendo las precauciones que Carme2011, m encomendaba..

Aclarar tb que cuando decía que NO puedo realizar x mi enfermedad, parte d las tareas que se m encomiendan en la segunda actividad (2 meses antes d entrar en IT), es xk realmente NO puedo realizarlas TODAS, xo SÍ otras..

Terminando decir k tengo el Convenio x delante y especifica bien claro km pertenece en base a la discapacidad física concedida x el INSS, un puesto d trabajo adaptado d mi mismo grupo profesional o sino fuese posible en otro departamento dl mismo nivel..

Igualmente no existe en dicho Convenio (al seguro m refiero) km pertenezca indemnización alguna x la clase d Incapacidad reconocida (sólo en caso d ABSOLUTA),...

En la Resolución dl INSS, viene reflejado km incapacita xa mi profesión d BOMBERO (entiendo k en el servicio activo)..

Muchas gracias d nuevo
17/12/2014 14:27
Hola d_alcon24:

Gracias por interesarte por mi.

Como dije anteriormente, el día 2 de diciembre pedí cita para mi abogado, y todavía estoy sin recibir ni una llamada, así que esta tarde volveré a ir al bufete de abogados para insistir en la cita. Prefiero primero hablar con él, todo esta historia del forense con el abogado, a ver que me dice, si cuando hable con el abogado veo que no está por la labor o si no me citan pronto con el abogado, entonces pediré por mi cuenta la valoración del Médico Forense de la justicia gratuita e incluso estoy hasta pensándome en ir al Colegio de Abogados y poner una reclamación por el abogado que me han puesto para que me asignen otro con mas interés y mas conocimientos en casos de incapacidad, porque me da que este abogado no está especializado en demandas contra el INSS incapacidades.

Es que realmente no sé si mi abogado ha pedido Perito médico o Médico forense, o no ha hecho nada, por eso quiero hablar con él primero.

Por cierto me alegro que hayas salido contento/a del médico forense, espero que el informe que haga sea muy favorable para que te den lo que pides.

Ya nos contarás como ha salido el informe del médico forense.

Saludos y mucha suerte.
17/12/2014 14:46
Hola Vipo80:

Entonces está claro, en la resolución te han incapacitado solo para Bombero y tu puesto de bombero según ley, está reservado durante 2 años por si mejoras y te quitan la incapacidad antes de los 2 años, te tienen que readmitirte como bombero, pasados 2 años, ya no tienes derecho, eso es lo que yo entiendo.

Si como dices que en la nueva actividad, hay trabajos que no puedes hacer y tu convenio dice que te tienen que adaptar a otro puesto, YO ENTIENDO, que el ayuntamiento tendría que darte un puesto de trabajo que no sea ni de bombero ni de esa nueva actividad por la que hay cosas que no puedes hacer, pero todo eso que conste por escrito y que en tu nómina y tu base de cotización , yo entiendo que no debería de aparecer mas como profesión Bombero, sino la actividad que te van a dar nueva, eso creo yo, no vaya a ser que te hagan una revisión el INSS porque ellos crean que estas trabajando de bombero y te quiten la incapacidad.

En cuanto a la indemnización del seguro, casi todos son en caso de Absoluta, mira tu seguro de hogar o de vida, por si acaso incluye indemnización en caso de Incapacidad Permanente.

Espero que todo te salga bien, en lo que pueda te ayudaré, pero haces muy bien en asesorarte por gente experta.

Mucha suerte.
17/12/2014 17:25
Muchas gracias d nuevo x tus consejos personales Carme2011, yo creo k tengo suficiente base legal, xa km otorguen mi puesto d trabajo adaptado a mi incapacidad, siempre y cuando m la den x escrito y no realizando las tareas anteriores en mi oficio d Bombero..

Espero k pronto pueda tener buenas noticias, ya vamos hablando

Saludos y gracias d nuevo
24/04/2015 12:56
Hola a tod@os los foreros, que estamos con minusvalias, me a llamado mi abogada y me ha dicho que hemos perdido el recurso en el TSJC y que puedo recurrir en 6 meses mas, siempre y cuando tenga mas informes medicos que digan que lo que tendo no tiene cura y que cada dia estare peor, yo creo que en todos los informes medico que tiene la abogada y a presento ellos los jueces saben que lo mio no tiene cura, y le estan dando la vuelta a la tortilla, ella me dice que no tire la toalla pero llevo años luchando y no hay manera, ya se que todo esta muy jodido, pero podian tener un poquito de humanidad, gracias a todos me he desahogado un poco, un saludo, Gracias
26/04/2015 08:29
A mi después de tanta lucha me han concedido la total en una revision de grado por fin se ha echo algo de justicia
27/04/2015 18:00
Hola oskar, me alegro muchisimo que al final se a echo justicia mi pregunta es, tu tambien lo perdistes por el TSJ te lo digo por que yo perdi el juicio y ahora esto, tengo hepatitis c cronica, artrosis en todo el cuepo sobre todo en cervicales que me producen vertigos y un accidente laboral que tengo el brazo derecho inutilizado y no te digo como tengo las rodillas con la dichosa artrosis, y me piden mas informes medicos que te parece, ojala tenga yo esa suerte, repito me alegro mucho oskar, un saludo.
07/06/2015 00:25
buenas noches, aquí veo que hay muchos amigos con los que he hablado y pedido consejo.
os cuento, ya tuve el juicio por incapacidad que llevaba esperando desde diciembre de 2013. lo tuve el 19 de mayo de 2015. El dia 1 de junio me llama la seguridad social diciéndome que he ganado el juicio y pedirme el numero de cuenta y la dirección y que iban a recurrir la sentencia.

Solo agradeceros a todos los amigos que me habéis aconsejado y desear suerte a todos aquellos que esteis pendientes de juicio. yo de momento espero el recurso y ojala sea también favorable.
Y si algún compañero necesita de mi experiencia, hay estamos para ayudar.

Me han comentado que los recursos los suelen perder casi siempre,
07/06/2015 03:34
Hola pucelano me alegro que hayas ganado el juicio y te hayan dado la total. Si tienes razón es muy dificil que quiten la razón al juez de instancia. Yo he recurrido la total que me dio la seguridad social para la absoluta y todavia no se nada del tribunal superior de justicia en lo social me la denegaron. A mi si mi trabajo no hubiese necesitado bastante agudeza visual igual no me la hubiesen concedido, es injusto que por muchos que han fingido o la crisis no den lo que deben a cada uno. Cada caso es un mundo. Como te ha pasado a ti que has tenido que recurrir. Si no lo llegas hacer te quedas sin ella. Yo creo igual que tú q no te la quitan. porque si esta muy claro que no puedes desempeñar tu trabajo. no temas.
yo soy de madrid y desde 1 de julio que se celebró el jucio de lo social, aún no se nada, lo veo chungo, pondran alguna excusa para no revocar la primera instancia. prefereria estar trabajando y no haber pasado por este infierno y lo que me queda. un saludo
07/06/2015 08:56
mucha suerte santuri, yo a esperar hasta que salga la sentencia firme, como ya dije anteriormente, creo que serán cerca de cuatro meses desde la sentencia.

De todas formas lo tuyo me parece mucho tiempo, casi un año, uf eso es muchísimo.
07/06/2015 20:14
gracia pucelano, sunpongo que el tiempo variara de una comunidad a otra y del trabajo que tengan. Es eterno y además mi abogado presentó el último dia de plazo para presentar la demanda, como contra más se alargue más cobraría. En fin que ganas tengo de que se acabe.
14/06/2015 17:24
Hola a todos, e leido todos los mensajes, os comento, Mi marido tubo un accidente de trafico hace tres años y despues de muchos meses de rehabilitacion y una operacion por una rotura de codo, decide darle el alta la compañia de trafico,quedando su brazo izquierdo casi inmovilizado sin poder estirarlo ni coger fuerza, parestesias, etc etc. pues nada solicita una invalidez para su profesion habitual, peon de la construccion, en la que logicamente con un brazo no te puedes valer, y despues de mucho esperar y la denegacion previa de invalidez del tribunal medico, tiene juicio este miercoles. tenemos muchas esperanzas puestas, tenemos dos buenos informes de forenses privados en los que certifica su invalidez para su profesion, ademas de otro informe de la SS y del traumatologo de la SS tambien dandole la razon a mi marido,yebamos un medico forense muy respetado a testificar en el juicio, y un buen abogado laboralista. Pero aun asi estamos de los nervios porque nos a dicho el abogado que igual pones impedimentos porque es muy joven (35 años). que opinais?? Un saludo a todos
14/06/2015 21:13
ainhoa88, estate tranquila que la justicia social en este país de momento funciona, como ya comente antes yo acabo de ganar el juicio a la ss(aunque han recurrido y no se lo sabre hasta el final).
Por lo que explicas lo tienes muy bien para ganar, los informes forenses y su asistencia a juicio es vital para la sentencia definitiva.
Y por lo de la edad no te preocupes que eso a los jueces no les importa, puedes tener 64 años o 19. Ellos juzgan echos y la justicia es igual para ambos casos.
Muchisima suerte y ya nos contaras, ya veras como lo ganas.
17/06/2015 11:31
Buenas, pues nada ya fue el juicio, duro unos 15 minutos, el abogado contrario era un pajaro, pero el mio en mi opinion no ha estado muy habil, espro equivocarme pero lo veo un poco negro, porque nada mas salir ya estaba diciendo el abogado que si no se lo dan ahora dentro de un tiempo igual si porque el codo le va a peor. parece que nos esta preparando para lo peor. Ahora toca esperar entre 7 y 10 dias largos y angustiosos. un saludo