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Tribunal de lo social . juicio incapacidad permanente .

696 Comentarios
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06/11/2015 10:54
entoces rruiz. te comento, yo estoy a falta de noticias del recurso, pero en caso de ganarlo, me tendrían que pagar desde el 3 de octubre de 2013, pero yo estaba cobrando 893 euros de desempleo hasta el 2 de abril de 2014. Como de pension me quedarían 843 euros. creo que me debería de quedar con lo de la pension que aunque sea menos habría que sumar las pagas extras de la pension.
06/11/2015 10:29
Carme2011, antes de proceder al pago de atrasos de una incapaciad y en el caso de que hubieras estado cobrando desempleo , subsidios, etc..., el INSS te pide que eligas entre lo que cobraste o lo que te deben de atrasos. Si eliges los atrasos, entonces en la liquidación el INSS te descuenta lo que habrias cobrado y lo ingresa directamente. Son los mismos, Ministerio de empleo (SEPE) y seguridad social (INSS)
06/11/2015 04:31
Hola Fernando II:

Espero que esté bien de tus ojos, o por lo menos que no vaya a mas.

Según he leído, cuando ganaste el juicio y el juez te concedió la Total incluido atrasos desde el 2012 (si no me equivoco). También dices que durante el tiempo que esperabas el juicio estabas cobrando un subsidio o desempleo y que eso lo tendrías que devolver.

La pregunta es ¿cuando te pagaron los atrasos de la incapacidad, te venía descontado lo que cobraste del Inem ? o ¿te pagaron todos los atrasos y luego el Inem te reclamó todo lo que cobraste de paro o subsidio? (es que en mi sentencia tambien me tienen que pagar atrasos, y durante estos 2 años esperando el juicio he estado cobrando el paro ( no subsidio).

Como sé que tuviste justicia gratuita igual que yo,
por favor, mírate también, tu sentencia donde el juez te concede la Total ¿a ver si pone algo parecido a si condena a costas a la parte contraria? o ¿no dice nada de costas?

Es mas que nada, porque como ya he dicho antes, mi abogado de oficio y teniendo yo la justicia gratuita, la empleada no para de llamarme para cobrar la minuta, porque el juez no ha condenado al INSS a pagar costas, y por eso dice mi abogado que como he ganado el juicio y el juez no condena a pagar las costas , quien tiene que pagar la minuta soy yo. Lo sorprendente es que yo no he cobrado ni todavía los atrasos de los 2 años y ya lleva mas de un mes erre que erre con la minuta e incluso ha llegado a decirme que si no le pago me hace una jura de cuentas.
Por favor mírame estas dos cosas. Ya he llamado y preguntado a la comisión de justicia gratuita y tiene sus dudas y en el caso de que tuviera que pagarle, no entienden como la minuta es en base al dinero que yo cobre en los próximos 3 años y no sobre lo que cobre de los atrasos. En fin......... que agobioooo, estos 2 años de calvario y ahora otro calvario con el abogado puffffff
Muchas gracias.
05/11/2015 23:05
gracias pdel, yo tuve el juicio el 19 de mayo y espero que desde hoy que es cuando se han reunido para deliberar el recurso, no pase mucho tiempo en saber algo, estoy muy nervioso. ya os contare
05/11/2015 13:47
Hola Pucelano, también soy de Valladolid y en mi caso, también gane mi juicio contra el Inss, la sentencia salió a últimos de Marzo de este año.
El inns recurrio la sentencia y hace una semana, que me llamaron del inns, diciéndome que habían dsestimado el recurso y por lo tanto la sentencia ya es firme a mi favor.
En mi caso han sido 7 meses de angustia, espero que tu espera dure poco tiempo ya, y que como en mi caso, sean buenas noticias.
Saludos
05/11/2015 12:21
Buenos días acabo de hablar con el tsj de castilla y león y me han dicho que estaban deliberando el recurso del inss sobre el juicio que gane por incapacidad permanente total. ¿y ahora que? cual son los pasos y el tiempo en que sabre algo.
05/11/2015 02:44
hola Bily56 y a todos/as:

Ayer os prometí enviar todo pero se fue la luz, justo cuando escribía todo esto y no lo pude enviar. Recordarle a todos/as que yo ya tenía una Incap. Total desde hace años reconocida por el INSS.
A los 5 años empecé a trabajar en otra profesión a media jornada y al año empeoré de mi enfermedad y aparte me detectaron otras enfermedades ocasionadas por la enfermedad inicial y el Servicio Público de salud, viendo que no mejoraba con los tratamientos me dio de alta por propuesta de Incapacidad permanente (yo no pedí, una revisión, sino que lo solicitó el Inspector de Servicio Público de Salud al INSS)
1º Cita Inspector Médico INSS Abril 2013
2º Me deniegan absoluta junio 2013 y me dejan con la Incapacidad Total para la profesión que me concedieron hace años. (me incorporo al trabajo y mi jefe viendo que es imposible realizar mi trabajo, ese mismo día me da vacaciones y a los pocos días me despiden por causas económicas y empiezo a cobrar el paro)
3º Demanda puesta en Agosto 2013
4º Juicio celebrado 11 junio 2015 (primero habló mi abogado solo dijo 2 frases (escueto como siempre), luego abogada del INSS un borde e inventándose cosas, por ejemplo que yo he pedido revisión cuando me he quedado sin trabajo, etc,
Luego el Juez me hizo 2 preguntas, le contesté y luego le dije ¿puedo aclarar algo ? me dijo si y dije, aquí se ha dicho algo que no es cierto, me dijo el juez ¿el que? YO NO HE PEDIDO UNA REVISIÓN PORQUE ME QUEDÉ EN PARO, YO EN EL MOMENTO QUE ME HACEN UNA REVISIÓN ESTABA TRABAJANDO A MEDIA JORNADA PORQUE A JORNADA COMPLETA ME ERA IMPOSIBLE POR MI ENFERMEDAD Y JAMÁS HE PEDIDO UNA REVISIÓN, LA REVISIÓN ME LA PIDIÓ EL SERVICIO PUBLICO DE SALUD PORQUE CAUSÉ BAJA POR ENFERMEDAD Y NO MEJORABA CON NINGÚN TRATAMIENTO NI TERAPIAS Y PORQUE MIS ENFERMEDADES SON CRÓNICAS , el juez dijo, no se preocupe todo lo que se ha dicho aquí se comprobará todo. (el juez en todo el juicio no paraba de apuntar en una hoja todo lo que decía ambas partes) Mi juicio duró cerca de media hora.
Luego entró el perito empezó a exponer todo y el juez le dijo ,, esa enfermedad ya la conozco muy bien y lo incapacitante que es, hableme de las otras 2 enfermedades que no conozco muy bien y explique hasta que punto es incapacitante y si es crónico .. El perito explicó con todo detalle y la abogada del INSS empezó a decir, que mi enfermedad es por brotes, que yo no he empeorado, que ni que mi trabajo fuera en montaña, trabajos peligrosos, etc , y el perito dijo, Señor juez esta persona tiene 2 enfermedades nuevas, ha sido ingresado recientemente 2 veces, apenas puede andar sin ayuda, agacharse, coger peso, aunque encontrara un trabajo sentada, necesitaría ayuda para levantarse, la abogada del INSS lo interrumpió y el juez le cortó y dijo bueno me es suficiente, visto para sentencia, con una sonrisita (dijeee uff esa sonrisita que significará).

5º Sentencia concediéndome Absoluta y atrasos desde 2013 firmada por el juez el 29 junio 2015
6º 25 Julio 2015 me siguen pagando la Total (no la absoluta) Me entero que el INSS ha comunicado recurso
7ª 25 Agosto 2015 Me siguen pagando la Total (no la absoluta)
8º 5 Sept 2015 Recibo carta en el buzón sin certificar del INSS, donde dicen que me pagan la diferencia entre la total y Abosoluta de los meses julio y agosto 2015 y me comunican que los atrasos desde 2013 hasta 2015 NO LO VAN A PAGAR DE MOMENTO PORQUE HAN RECURRIDO LA SENTENCIA Y HASTA QUE EL TRIBUNAL SUPREMO NO ME DE LA RAZÓN NO VAN A EMPEZAR A PAGARME LOS ATRASOS (ahí empieza mi abogado de oficio a hablarme de su minuta en función de lo que yo voy a obtener de ahora hasta 3 años adelante)
9º En Octubre 2015 mi abogado dice que el juzgado le ha dicho que el INSS ha retirado el recurso, que la sentencia ya es firme, por lo que ya tengo que pagarle la minuta y le dije, muy bien cuando tengo por escrito la sentencia firme y me paguen los atrasos entonces le pago su minuta y mas cosas …..
De momento no he cobrado los atrasos, ni tampoco he recibido ninguna carta del INSS donde diga que me pagan los atrasos porque han retirado el recurso, ni tampoco tengo del juzgado el decreto de Firmeza de la sentencia.
Es decir, han pasado 4 meses desde la sentencia y sigo sin cobrar los atrasos (segun el INSS si el abogado del INSS no hubiera comunicado recurso, yo hubiera cobrado todo en 2 meses)
Espero haberme explicado bien, si tenéis alguna duda o pregunta, aquí estoy. Ya os iré informando cuando cobre y si todo está bien. Porque mi caso es mas complejo de lo que he explicado aquí, pero por hoy es suficiente, jejeje.

Y por favor, decirme si alguien que haya tenido justicia gratuita y haya ganado el juicio, que mire en la sentencia a ver si pone que condena al INSS a costas o no hace mención ninguna a las costas, y si no pone nada, que me diga si al final tuvo que pagar o no a su abogado de oficio de la justicia gratuita.

Muchas gracias a todos/as.
05/11/2015 01:18
Hola Arsesa:
Pues tienes razón, porque estos casos de incapacidad conlleva tantos casos y tantas circunstancias diferentes, que al final la gente no leen todo. Pues llamé a comision de justicia gratuita y no han sabido informarme del todo bien porque quien lleva eso, no estaba allí, jejeje, así que lo intentaré mañana de nuevo.
04/11/2015 10:05
Dos cosillas : El hilo es tan grande que a lomejor te respondia mas gente si se creara uno nuevo mas corto.
2º.- no encontraras ninguna sentencia contra la SS, que le condenen a las costas, por que los organismos oficiales me parecen que están exentos de dichas costas, igual que de las tasas (ayuntamientos, diputaciones, ect.). Lo mejor efectivamente es dirigirte a comisión y que ellos te informe. Un saludo
04/11/2015 01:46
Hola Bily56, gracias por vuestras respuestas, a ti tambien Fernando II

Mas abajo os doy fechas con todo detalle de como fué mi caso y cuando cobré, etc, etc:

Llamé al colegio de abogados de otra provincia, haciéndome pasar por una amiga, que no sabe como tiene justicia gratuita y no entiende por qué el abogado de oficio le pasa una minuta, en fin empezó a preguntar que cual era su abogado, etc,etc, y le dije, mire no lo sé, ella me ha llamado muy preocupada, yo solo llamo para que me informe, no sé decirle que abogado es, solo quiero saber si a mi amiga que le concedieron la justicia gratuita y ha ganado el juicio ¿ella tiene que pagarle a este abogado de oficio con la justicia gratuita?

RESPUESTA, si en la sentencia no habla nada de costas, entonces si que tiene que pagarle la minuta. Vete a la ley de Justicia gratuita, el artículo 36.3 (reintegro económico) donde te dice claramente que si ganas el juicio y en la sentencia no haya pronuncionamiento en costas, tienes que pagar la minuta a tu abogado de oficio, siempre y cuando la minuta no supere la 3ª parte de lo que haya obtenido.
Le pregunto, y ¿si en la sentencia hubiera puesto que condena al INSS a pagar las costas? me dice pues entonces no tendrías que pagarle nada a tu abogado por tener justicia gratuita, y me dice, pero es que es muy raro que un juez le condene a costas al INSS o cualquier administración.
Le digo vale, pero es que la minuta que la ha hecho es en función de lo que vaya a ganar en 3 años en adelante, ella no va a cobrar esos 3 años ahora, y ¿si dentro de 2 años le hacen una revisión y le quitan la incapacidad? Al final el abogado ha cobrado sobre 3 años futuros, sin saber que va a pasar, DICE ELLA, pues eso es lo que pone en los criterios, normas de los colegios de abogados.
Me dice, además la justicia gratuita se concede a gente que no tiene medios para pagarse un abogado, tu amiga, ahora si tiene medios, porque ha ganado el juicio, así que pague la minuta, si esto no fuera así, con el tiempo no habría dinero para que otra gente que realmente no tiene dinero no pueda tener justicia gratuita. Y le dije, pero es que su abogado de oficio seguro que ya ha cobrado sus honorarios por parte de la administración, vamos no me creo que en 2 años que ha durado la celebración del juicio no haya cobrado, y me dice, bueno ese no es tu problema, tranquila que tendrá que devolver lo que le haya abonado el gobierno.
En fin, creo que lo que voy a hacer es ir a la Comisión de Justicia gratuita,que son los que te la conceden, porque esta gente del colegio de abogados, se defienden entre ellos (ahora lo que temo es que me pidan datos y ahora me digan que voy a tener que pagar las tasas que en su día no pagué por tener justicia gratuita o yo que sé , vete a saber por donde pueden salir)

Por eso le pedía a Fernando II que si en su sentencia pone que el juez condena a costas al INSS (porque en ese caso no hay que pagarle nada al abogado de oficio, porque quien lo paga es el INSS)

Ahora os pongo como ha ido mi proceso en el próximo mensaje.
03/11/2015 13:03
buenas, santuri ami me concedieron la total en 2011 no conforme reclame la absoluta y en 2012 creo que fue el juicio me paso parecido a ti no tuvieron en cuenta otras patologias y no llevaba perito medico y en segunda instancia tanbien perdi se ratificaron de la primera, un año mas tarde y tras agravarse las patologias y al aparecer otras nuevas solicite revision de oficio por agravamiento y asido ahora cuando me an dado la razon, el tema de los atrasos creo por logica que si recurren otravez ya se irian a unificacion de doctrina pues aun no seria firme la sentencia, carme no te lies mas llama al colegio de abogados y que te informen ese abogado ya le pago la delegacion del gobierno de su comunidad, dinos que tiempo te tardo desde la sentencia asta que te canbiaron el grado y cuando cobraste? yo y santuri estamos esperando el canbio parece que suele tardar entre mes y medio y dos meses,y un saludo para fernando tanbien es de gran ayuda.
03/11/2015 05:50
Hola Fernando II

Una cosa importante, en tu sentencia dice el juez condena a la parte contraria (INSS) a pagar costas ??
Es que ahí está si lo condena, entonces la minuta de mi abogado la tiene que pagar el INSS, pero en mi caso, el juez no condena al INSS a pagar costas ¿puedes mirar eso en tu sentencia?

Ya he recibido la carta del INSS donde dicen que me van a pagar los atrasos y que no recurren (por lo visto han retirado el recurso). Por cierto no me pone ninguna fecha de revisión solo las cantidades que me pagan a ti Fernando (cuando te pagaron los atrasos te ponia alguna fecha de revisión?

000Izartxo Si tengo la justicia gratuita concedida , tengo el certificado.

Mi abogado de oficio y justicia gratuita se basa en este decreto y artículo:
Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
Artículo 36. Reintegro económico.
3. Cuando la sentencia que ponga fin al proceso no contenga expreso pronunciamiento en costas, venciendo en el pleito el beneficiario de la justicia gratuita, deberá éste pagar las costas causadas en su defensa, siempre que no excedan de la tercera parte de lo que en él haya obtenido. Si excedieren se reducirán a lo que importe dicha tercera parte, atendiéndose a prorrata sus diversas partidas.

Y me hace la minuta según esta norma del colegio de abogados:
Minuta abogado, normas y criterios
149.5. En los supuestos de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, el importe de tres anualidades de la pensión concedida. (o sea multiplica 14 pagas x 3 años y sobre esa base, hace los cálculos según el baremo del colegio ) aunque le recordé que yo ya tenía una Total y me ha dicho que el ha descontado lo que tenía ya con lo que me han concedido.

Pero lo mas importante es que creo que ha sido porque el juez no ha condenada al INSS a pagar las costas de la parte ganadora (por eso supuestamente la tengo que pagar yo)

Pero es que he oido casos que no han tenido que pagar nada teniendo justicia gratuita, otros me dicen que si, en fin que creo que alguna información no es correcta.
Por eso os pregunto, si en vuestra sentencia el Juez condenada al INSS a pagar las costas de la parte ganadora.

Como digo de momento solo he recibido una carta del INSS diciendo que me van a pagar todos los atrasos y que ya no van a recurrir, aunque la sentencia firme del juzgado no lo tengo ni todavía (según me han dicho eso suele tardar meses).

Por otro lado 000Izartxo , aunque haya ganado lo que he ganado, sigo teniendo derecho a la justicia gratuita, porque a mi me la concedieron por ser una persona incapacitada (eso significa que mi renta no puede superar 4 veces el iprem y no lo sobrepasa) en casos normales no pueden pasar 2 veces el iprem para que te concedan la justicia gratuita.

En fin, yo lo que temo es que le pague esta minuta sobre los 3 años y luego me venga diciendome que también tengo que pagarle otra minuta por los atrasos, aunque esa es otra historia, porque realmente de esos atrasos, poco voy a quedarme para mi, porque durante esos 2 años he cobrado el paro, y me han dicho que es incompatible, vamos que el INEM me va a reclamar que devuelva todo lo cobrado, porque es incompatible cobrar una pensión con el paro.

Espero vuestra respuesta. Saludos y suerte a todos los que están a la espera de que le concedan la incapacidad.
03/11/2015 04:18
hola gracias por las felicitaciones. Si que he pasado lo mio. sino recurres eso que ganan. Creo que tu ganaste el juicio de primera instancia y yo perdi y lo he ganado en el recurso de suplicación ya que ahi no hay juicio,sino votacion y fallo. En la sentencia me pone:
declaramos al actor afecto a una IPA, de enfermedad común, con derecho al percibo de una pensión equivalente al 100% de su base reguladora, condenando al INSS a reconocimiento y abono.
Notifiquese la presente resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, haciendoles saber que contra la misma sólo cabe RECURSO PARA LA UNIFICACION DE LA DOCTRINA que se preparará por escrito ante esta sala Social en el plazo de DIEZ DIAS siguientes a la notificación de la sentencia
la duda que tengo si aqui si recurren no se si estan obligados ya a pagar los atrasos.
Carme 2011 yo lo que haria si fuese yo no pagarle nada al ser asistencia gratuita. que denuncie si quiere y mientras sale el recurso, pedir que las notificaciones del tribunal superior de justicia, informandote de lo que tienes que hacer para que te las envien a ti,en el colegio de abogados y cuando te envien el recurso si crees que lo tienes que impugnar que lo haga un abogado, y sino a esperar que te lleguen las notificaciones de cuando se van a reunir para la votación de la sentencia, y la sentencia final.
Un saludo
01/11/2015 08:47

Perdona de nuevo Carme,

Puede que al cobrar ahora la Pensión Absoluta ¿no reúnas las condiciones económicas para la Justicia Gratuita?

Saludos
01/11/2015 08:44

Hola Carme,

Sólo se me ocurre que lo que pueda estar ocurriendo es que no sea Justicia Gratuita sino asignación de Abogado de Oficio.

Si verdaderamente cumpliste los requisitos de la Justicia Gratuita, ¡¡no te importe dar sus datos en el Colegio de Abogados!!, es que deberías de hacerlo.

Saludos
01/11/2015 06:10
Yo lo hize todo por medio de la Justicia Gratuita . De ello hace más de año y medio , y NUNCA mi abogado me ha exigido ningún tipo de pago .

No dejes que te engañen .

Un saludo para tod@s .
30/10/2015 13:41
gracias pucelano el tsj te dara la razon, marver paciencia todo llega y para carme eres xico no? puff que cosa mas rara no le des ni un euro si eres beneficiaria de la asistencia juridica gratuita no DEBES PAGAR NADA e incluso ganado la sentencia, este es un listillo que sabe que vas a cojer bastantes euros y se quiere aprovechar,osea el te quiere joder a ti y tu no a el pues tu debes de ser muy buena persona, pero vamos deberian haberte respondido el colegio de abogados y no preguntar quien es,te repito tienes asistencia gratuita asta la finalizacion del proceso que no te cuente milongas.
30/10/2015 06:17
Por favor, contestarme alguien que haya tenido justicia gratuita y haya ganado el juicio ¿si han tenido que pagar al abogado ?
La secretaria no para de llamarme (me he llevado un año sin recibir ni una llamada y sin atenderme) y ahora no para de darme la lata con la minuta.
Yo le he dicho al abogado, que yo hasta que no tenga la sentencia firme y la carta del INSS donde me dicen que me van a pagar todo, no voy a pagar, porque para mi no hay nada por escrito. Que a mi eso de que él diga, que un funcionario le ha dicho que el INSS al final no recurre, eso lo siento mucho pero lo quiero por escrito.

El ha dicho que el juzgado no siempre da el decreto de sentencia firme, pero que sea o no, el ha hecho su trabajo y yo le tengo que pagar, porque yo ya he empezado a cobrar la absoluta y me ha dejado caer que espera que no tenga que llegar a tener que reclamarme a mi su minuta por una Jura de cuentas.

Por favor contestarme rápido, porque he llamado al colegio de abogados y lo primero que me preguntan es que como se llama el abogado, yo le he dicho que importa si es ¿ Antonio o Pedro mi abogado? que me diga lo que dice la ley o las normas, que solo pido que me digan hasta que punto yo estoy obligado a pagar a un abogado teniendo justicia gratuita y sin tener una sentencia firme y me dice que no me va a responder hasta que no le diga quien es mi abogado (no lo quiero decir, porque tengo entendido que es un abogado muy conocido y con influencias) además que cuando me asignaron este abogado y viendo que no me citaba y se acaba el plazo para presentar la demanda, me quejé por teléfono sobre este abogado y pidiendo que me asignaron otro que no estuviera de vacaciones y me dijeron, pues eso no puede ser, así que si tienes una queja sobre este abogado, ven aquí y hazlo por escrito y pruebas de que efectivamente no le quiere atender le dije ¿pero como voy a demostrar que no me quiere atender? si nunca he hablado con él, solo se pone la secretaria, me coje mis datos y todo se queda ahí.
En fin. espero vuestras respuestas y perdonar por alargarme tanto, estoy de los nervios, te buscas un abogado para que te defienda , el tio pasa de ti durante todo este tiempo y ahora me voy a tener que buscar otro abogado para que me defienda de este abogado, esto es de locos.
Muchas gracias.
30/10/2015 06:03
Hola a todos y a todas, y a ti Fernando II, porque tengo una importante pregunta sobre el abogado de oficio con justicia gratuita, bueno o a cualquiera que tenga justicia gratuita.
Yo ya tenía la Incapacidad Total desde hacia años pero empeoré y pasé una revisión a petición del Servicio publico de salud de mi comunidad, pero me denegaron la absoluta.

Bueno despues de 2 años de sufrimiento con el abogado que me designaron porque no me atendía, de hecho tuve que pagar a un perito médico y porque me puse pesado con el perito médico, si no, no gano el juicio. Bueno mas adelante os comento como ha sido todo.
Es que tengo una pregunta importante, para alguien que haya ganado un juicio con justicia gratuita.

He ganado el juicio, el juez me concede la absoluta desde que me la denegaron o sea desde hace 2 años. El problema es que el INSS comunicó que lo iban a recurrir. Pusieron el recurso y de repente me viene este abogado, que aunque los atrasos no me lo van a pagar ahora, porque han puesto recurso, yo voy a empezar a cobrar la absoluta, así que me va a hacer la minuta. Le digo que eso como va a ser si yo tengo justicia gratuita y me dice que eso no tiene nada que ver, le digo que si el INSS ha recurrido cuando se celebre el otro juicio lo mismo no lo gano y tengo que devolver el dinero, ¿entoncees como voy a pagar una minuta si no sabemos que va a pasar, aparte que tengo justicia gratuita?
Me dice, bueno vamos a esperar a ver si viene el recurso en que se basan y yo lo impugno. De repente a los pocos días me llama diciendome que el INSS ha hecho un escrito que han retirado el recurso y me pide que pague la minuta.
Le digo bueno pero tendrá que haber un documento del juzgado en el que diga que la sentencia es firme y aparte una carta del INSS donde digan que me pagan todos los atrasos y que aceptan la sentencia, etc.

Me dice, que el ya ha ganado el juicio y que su trabajado ha terminado y yo le digo, perdona, pero yo no tengo ningún documento que diga que el INSS ha retirado el recurso, ni que el juzgado diga que esa sentencia es firme.

Aparte me dice que esa minuta es solo de lo que se ha conseguido, es decir, de que como ya estoy cobrando la absoluta, que en el caso de que tenga que reclamar los atrasos al INSS ese es otro proceso y que si me pagan, como el ha tenido que volver a trabajar, me tiene que hacer otra minuta, porque es un proceso diferente.

La pregunta es alguien que haya ganado un juicio contra el INSS y el juez no le haya condenado al INSS a pagar las costas de mi abogado ¿habeis tenido que pagar a vuestro abogado de oficio con la justicia grauuita? Me está pidiendo cerca de 4.000 € y yo ni todavía he cobrado ni la mitad,
29/10/2015 18:25
Hola buenas tardes a todos, en primer lugar conesto a bily56, si que me a visto un medico forense, el del bufete de abogados y fue el el que me animo a que no tirase la toalla, y si que tengo reconocida una discapacidad del 56% por eso hoy le he enviado al medico los informes del Psiquiatra y la Psicologo, para que los presente al TSDC y a esperar, estoy muy cansado de esperar llevo esperando tres años, y es desesperante, y tambien me alegro mucho por tod@s los que estais consiguiendo algun tipo de incapacidad, un abrazo a todos, gracias por leer mis comentarios.