Hola,soy un vecino de un edificio cuyo garaje tiene 35 plazas y 6 trasteros independientes con toma de corriente proveniente de los pisos de sus dueños.Todos pagamos por nuestra plaza de garaje,los dueños de los trasteros tambien pagan por su plaza de garaje pero no pagan nada por los trasteros y querìa saber si podemos exigirles el pago de una cuota a la comunidad del garaje (que es independiente de la del edificio).En el acta de constitucion de la comunidad del garaje no pone nada de que esten exentos del pago pero tampoco dice que tengan que hacerlo.Tenemos contratado un seguro del garaje que tambien cubre los trasteros.El I.B.I. que pagamos tambien los incluye.Cuando van o vienen del trastero encienden las luces del garaje.Espero tu respuesta.Gracias
En la escritura de división horizontal, ¿son esos trasteros fincas independientes?, ¿tienen esos trasteros asignado un coeficiente?.
En caso afirmativo, si tienen que pagar.
1. En una finca solo existe una Comunidad. Pero pueden coexistir subcomunidades, pero que no son independientes.
2. Si los trasteros están inscritos como locales independientes, lo correcto es que entren cons su coeficiente en el reparto de los gastos asignables al garaje.
Buenos días. Tengo una consulta parecida a la planteada aquí y me gustaría que me ayudasen.
Acabo de comprarme un piso donde somos 36 vecinos. Resulta que existen 4 trasteros a los que se accede desde las plazas de garaje de los mismos propietarios. El edificio tiene 11 años y a día de hoy ninguno de esos 4 vecinos ha pagado la cuota de comunidad correspondiente por cada uno de los trasteros y carecen de referencia catastral, con lo que tampoco están pagando el IBI correspondiente. En los estatutos de la comunidad no aparecen tales trasteros, aunque en los planos del edificio sí. Entiendo que si no existe referencia catastral de estos trasteros es que se han vendido "bajo mano". Mi pregunta es, se les puede pedir a estos vecinos que paguen la parte correspondiente de la comunidad? En caso afirmativo, se les podría reclamar también las cuotas con caracter retroactivo? Y en tercer lugar, en el caso de que hubiera una reunión de vecinos, se votara que abonasen la parte proporcional a la comunidad pero esta votación no resultara positiva por el mniedo de los vecinos a enfrentarse a ellos... cabría la posibilidad de algún requerimiento legal o anónimo para que se les obligase a participar en la parte proporcional en la comunidad? Y mi cuarta y última pregunta. En el caso de que se regularizara esta situación en el registro, están obligados todos los vecinos a cambiar sus escrituras puesto que actuamente la superficie de estos 4 trasteros no se ha tenido en cuenta en el reparto de los elementos comunes?
Muchas gracias por su ayuda.
Saludos.
Habría que ver la escritura de división horizontal, para ver si figuran y cómo.
El que no tengan referencia catastral no indica nada, pueden ser anexos inseparables de los pisos, por ejemplo, o podían ser una parte de las plazas de garage, que os propietarios han cerrado de forma ilegal, etc.