Antes que nada una pequeña aclaración: lo que Ud. llama traspaso la LAU del 94 lo llama cesión. Lo digo simplemente para no confundirlo con el traspaso de la LAU del 64. De todas formas no se preocupe porque a efectos prácticos da igual.
Dicho esto, las respuestas a sus preguntas son las siguientes:
1.- Ud. no puede impedir el traspaso porque no le guste el nuevo inquilino. Tendrá que aceptarlo.
2.- Sí puede subir la renta un 20%. En este punto debe tener cuidado con un truco que suelen usar los inquilinos y es que intentan convencerle de que lo que están haciendo no es un traspaso, sino un cambio de inquilino. Intentará irse él y que le haga un nuevo contrato al nuevo. Esto lo intentan simplemente para ahorrarse la subida del 20% del nuevo inquilino. No caiga en la trampa.
3.- No tiene derecho a un porcentaje del traspaso. Como ya le dije, su beneficio está en el aumento del 20% de la renta al nuevo inquilino.
4.- No tiene ninguna obligación de pagarle ninguna obra ni ninguna reforma salvo que se haya comprometido a ello. Lo que no puede hacer el inquilino es venir ahora y pretender recuperar el dinero invertido.
Soy propietario de un local destinado a bar pub. Hace un año lo alquile y no pedi ningun dinero. Solo dos meses de fianza y la renta mensual. En una de las clausulas le concedia al inquilino el derecho a traspaso y hacia constar que en ese caso la renta seria aumentada en un 20%. Ahora verbalmente me dice el inquilino que va a buscar un a persona que se quede con el negocio pero que el quiere recuperar lo que ha invertido en el local ( hizo unas pequeñas reformas que pagamos antes de abrir a medias. Me he enterado que pide 30000 euros por el traspaso. En el contrato se dice en otra de las clausulas que todas las meejoras que realice en el local quedaran en beneficio del mismo sin que pueda reclamarlas.
Preegunto si puede traspasar y que requisitos tiene que cumplir y si yo como propietario tengo derecho a algun porcentaje del mismo. Si yo puedo negarme a que lo traspase a persona que no me merezca confiaza que me vaya a pagar y en general como debo obrar yo.
Se va porque en un año ha dejado mas de seis u ocho enuncias por horario y por ruidos. Ha estado trabajando llenando el local todos los dias que abria.