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Traspasar toda la titularidad de nuestra vivienda a mi mujer

14 Comentarios
 
Traspasar toda la titularidad de nuestra vivienda a mi mujer
08/02/2009 16:13
Muy buenas.

Mi mujer y yo, que estamos casados en separación de bienes, compramos (después de casarnos) en 2008 una vivienda que pusimos a nombre de los dos (50%).
Esta vivienda tiene hipoteca.

Yo soy autónomo y debido a la fuerte crisis que hay, estoy teniendo fuertes impagados en mi negocio.

Tengo miedo que como siga teniendo impagados, no pueda hacer frente a los pagos de mis acreedores en la empresa, entre los cuales hay bancos.

En estos bancos tengo avales personales, pero no figura entre ellos la vivienda de la que hablo, ya que las pólizas las firmé antes de comprarla junto a mi mujer.

Mi pregunta es:

Sé que puedo hacer una donación o una compra-venta y pasarla mi 50% para así evitar que en un futuro algún banco acreedor de mi empresa pueda embargar la vivienda, pero debido a nuestros escasos recursos económicos no puedo hoy por hoy pagar todos los gastos e impuestos que ello originaría.

Si realizamos un CONTRATO PRIVADO de donación o compra-venta en la Notaría (para no pagar a Hacienda) y el día de mañana el banco me quiere embargar mi 50%, ¿PODRÍA EVITARLO CON ESTE CONTRATO?

¿Ese contrato privado lo deberíamos llevar al Registro de la Propiedad para que conste en él o mejor guardarlo en el cajón?

Puede que todo esto no sirva para nada, por lo que agradecería que alguien me contestara sobre ello o me sugiriera otra solución para evitar un posible embargo.

Muchas gracias.
09/02/2009 17:13
Si no estuvierais casado en separación de bienes si que habría existido un proceso para realizarlo además notarialmente y que constase en el registro sin pagar impuestos, pero así esta complicado el tema, oscarjiro@hotmail.com
09/02/2009 19:39
Hola Triston. El problema no es la tituralidad, sino la hipoteca, pues aunque adquiera el 100% de la titularidad tu mujer, la hipoteca recae sobre el 100% de la vivienda, con lo cual no tienes mucha salida, salvo que el banco aceptase que la unica deudora sea tu mujer. En ese caso hay una formula por la que solo pagarias el 1% de impuesto de la mitad tuya mas gastos. si quieres mas aclaraciones rafaelherreros@telefonica.net
09/02/2009 20:04
Gracias Abogado54 y Rafael HJ por las respuestas.

Me han informado que otra posibilidad es la Disolución de condominio.

Abogado54, ¿es este el proceso que comentas?, ¿es seguro que no lo podemos realizar por estar casados en separación de bienes?.

Rafael HJ, tengo muy buen trato con mi banco y había pensado el plantearles la posibilidad de que me pusieran como avalista de la hipoteca. De esta forma, la hipoteca tiene en mismo riesgo para ellos que tenía antes.
Te agradecería me informaras si la fórmula que comentas es Disolución de condominio.

Si es ésta la solución, y si la vivienda (3 Fincas= piso plaza garaje 1 plaza garaje 2) la escrituramos el año pasado por 169.802,00 € (sin IVA) o 181.688,14 € (con IVA).
¿Cuanto dinero nos puede suponer aprox. todos los gastos que lleva el realizar la Disolución de condominio?

Mil gracias.
09/02/2009 20:12
Calcula el valor global de los bienes, a eso le restas la deuda y el resultado lo divides por dos. del resultado de la división pagas el 1% a Hacienda por AJD. Si te ponen como avalista en la hipoteca (lo dudo) que lo hagan en documento privado (poliza) intervenida por fedatario (notario) si lo hacen en escritura es una novación de titulares y al incluirte como avalista en una hipoteca ya constituida tributas a Hacienda el 1% del total de la responsabilidad hipotecaria que es mucho mas de lo que te prestaron.
09/02/2009 20:42
Rafael HJ, según mis cálculos la operación tiene un coste muy bajo de IAJD y me puede interesar bastante.

Seguramente me haya precipitado en pensar que el banco me va a decir que sí tan fácilmente.

Mi última duda es la siguiente: si finalmente puedo hacerlo y me pongo como avalista en la hipoteca con un documento privado intervenido por el notario, la vivienda estará en el Registro de la propiedad a nombre de mi mujer después de la disolución de condominio, pero la hipoteca (que también está en el Registro) figurará a mi nombre también.

¿Cómo puedo yo figurar como hipotecado si no tengo hipoteca?
09/02/2009 20:54
Hola triston, una cosa es la hipoteca y otra es el prestamo. El prestamo es la obligacion ppal y la hipoteca es accesoria a este. la hipoteca ya esta sobre el 100 % de la vvda. con la extincion pasa a ser de tu mujer. El prestamo es diferente. En la disolución del condominio se dira que la obligacion del pago del prestamo lo asume tu mujer y que el Banco consiente la liberación tuya como deudor, el banco tiene que comparecer ademas para la poliza de aval. espero habert ayudado. suerte
09/02/2009 21:45
Si lo que te preocupa, según dices en el primer mensaje, es que puedan embargarte la vivienda por el impago de créditos contraidos por tu actividad de autónomo, no te gastes na de na en hacer cosas rocambolescas que no te llevan a ninguna parte. De todas formas, hagas lo que hagas, tu 50% o lo que quede de él despues de lo que corresponda a la hipoteca, responderá de ellas igualmente. Cualquier donación, compraventa, etc. que realices, solamente evitará su embargo por las deudas que contraigas después de haber inscrito en el Registro de la Propiedad la operación. En absoluto te va a servir para evitar la responsabilidad de las contraidas anteriormente. Esi sí, solamente afectará a tu 50%.
Un saludo.
09/02/2009 22:11
Me has ayudado y mucho Rafael HJ.
Lo comentaré con mi mujer y si nos decidimos, con el banco.
Si finalmente lo podemos hacer y todo sale bien, ya te enviaré un e-mail para contarte lo que pasó.
Un millón de gracias amigo.
10/02/2009 00:42
La extinción del condominio de la vivienda si podrias hacerla, y lo normal es que no tengas que pagar impuesto de transmisiones patrimoniales ni irpf, ya que no existe aumento del patrimonio de ningudo de los dos, saludos.
perfil TN
10/02/2009 10:10
Olvidáis mencionarle que cualquier de esas operaciones que planteais, no le van a servir de nada.

Cualquier de ellas podrías ser anulada por fraude de acreedores.

Es más, dependiendo de las circunstancias, hasta podría ser un delito de alzamiento de bienes.

Tristón, mucho ojo con lo que haces, consulta antes con un abogado que pueda ver todo, porque te puedes ver en un berenjenal aún más grande.

PD. Veo que Abogado54 y sus diferentes nicks sigue en lo mismo de siempre de intentar captar clientes dando respuestas cortadas y poniendo el correo, veo que no aprende que se len borran los mensajes.
Recordad a las demás personas que NUNCA contacten con ningún abogado que quiera llevarles el tema por email, se han producido muchas estafas.
11/02/2009 13:32
TN, tiene razon, si si entra en concurso de acreedores todos los actos dispositivos onerosos realizado en favor de persona con relación especial del concursado, seran rescindibles dentro de los dos años anterirores a la declaración del concurso. Art. 71.3 Ley Concursal.
14/02/2009 14:03
Con la Disolución de condominio creo que no realizaría ningún acto oneroso.

En mi caso traspasaría a mi mujer mi parte de la propiedad junto a la carga hipotecaria que tiene, a cambio de recibir 0 € por ello.

La carga hipotecaria es importante, y el bien (vivienda) se está depreciando en los últimos meses.

Con mi actuación libraría el bien de un posible embargo. Ese bien junto a la hipoteca no es ningún caramelo, de ahí que no exista acto oneroso (creo).
15/02/2009 11:32
No le puedo decir si eso le valdría (me da que no) pero de todas formas sólo podrían hacerlo si la entidad bancaria donde tengan la hipoteca lo autoriza.
perfil TN
16/02/2009 11:47
Si un acto oneroso se puede anular, imagínate uno a título gratuito o te piensas que "la ley" es tonta?

Tristón, consulta un abogado porque depende cómo hasta cometerías un delito de alzamiento de bienes.

Te piensas que si fuera tan fácil, la gente no lo haría o los bancos se cuidarían mucho de esas cosas?