Los traslados los decide la administración penitenciaria, que sólo tiene obligación de notificarlo al Juez de Vigilancia si el interno está cumpliendo condena, o al Juez que acordó la medida de prisión si se trata de presos preventivos. Obviamente, el preso puede recurrir el acto administrativo en el que se acuerda su traslado. Aunque se tiende a que los presos estén internados en centros de su entorno para evitar el desarraigo, si existen otras razones ( seguridad, etc ) la administración penitenciaria puede trasladarlos. En resumen, el centro de cumplimiento/internamiento lo decida la administración penitenciaria, pero esta decisión puede ser recurrida por el preso. Los familiares no tienes ninguna legitimación al respecto.
Buenas tardes:me dirijo a este foro porque un familiar que se encuentra en prision preventiva ha sido recientemente traslado a otro centro penitenciario sin comunicarnos nada y aun no sabemos si se encuentra alli.Me gustaria saber donde puedo acudir y que acciones interponer tipo denuncia por este hecho ademas que segun nuestro abogado alguien que no esta cumpliendo condena no puede ser trasladado.Gracias.